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lunes, 8 de julio de 2019

Hasta 8 años de cárcel por expedir facturas falsas

Senadores pactaron establecer entre cinco y ocho años de prisión para quien expida o enajene facturas falsas, no obstante, chocaron por el tema de defraudación fiscal.




Senadores pactaron establecer entre cinco y ocho años de prisión para quien expida o enajene facturas falsas, no obstante, chocaron por el tema de defraudación fiscal.

En la Comisión de Hacienda, que preside el morenista Alejandro Armenta, se discute el dictamen, que contempla reformas a las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada, de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Fiscal de la Federación, para combatir a los denominados “factureros”.

En las negociaciones ya existe el consenso para establecer en el artículo 113 bis del Código Fiscal de la Federación que los delitos relacionados con la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados sean considerados como graves y que ameriten prisión preventiva oficiosa.

No obstante, el principal punto de controversia se centra en el tema de establecer la defraudación fiscal como un delito que amerita prisión preventiva oficiosa, según lo dispuesto en los artículos 108 y 109 del Código Fiscal de la Federación.

Los “factureros” son empresas que venden facturas falsas para que un contribuyente pague menos impuestos o incluso pida la devolución de un saldo a favor inexistente.

Armenta, junto con los representantes del gobierno y la Fiscalía, defienden la idea de que el delito de defraudación fiscal amerita prisión preventiva; a contrapelo, organizaciones de la sociedad civil, así como empresariales y de abogados, coinciden en que el tema de la reforma no debe ser defraudación fiscal.

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