Consumo de marihuana en México: Nueva
regulación del consumo lúdico de cannabis
Por Fabián Jiménez N.
*Columna publicada en
www.indicadorpolitico.mx
Desde diferentes zonas del país
reconocieron el trabajo de las y los Senadores de Movimiento Ciudadano por
discutir con ideas, convicciones y determinación esta reforma de avanzada.
Un paso histórico para uno de los países
más golpeados por el narcotráfico. El pasado 19 de noviembre el Senado mexicano
aprobó una ley federal que legaliza el cultivo, la producción, el consumo, la
distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control
federal.
El trabajo de los senadores de Movimiento
Ciudadano como: Dante Delgado, Patricia Mercado, Juan Zepeda, Verónica
Delgadillo, Indira Kempis, Samuel García, Alberto Galarza, Noé Castañón, quienes,
desde tribuna, discutieron y defendieron con gran congruencia y convicción, su
postura a favor de la regulación de la marihuana, coincidiendo en que la prohibición
no es el camino y que este paso hacia la regulación es el primero de muchos
hacia una nueva política.
Con 82 votos a favor, 18 votos en contra y siete
abstenciones, el pleno del Senado aprobó despenalizar y regular el consumo
personal lúdico de la marihuana en todo el país en lo general, una legislación
de avanzada no sólo en el continente sino en el mundo.
Con esta aprobación del dictamen, se expide
la Ley General para la Regulación del Cannabis, se crea el Instituto Mexicano
para la Regulación y Control del Cannabis y se modifican, reforman y adicionan
varios artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
Pasaron
los años…
Donde el Senado aprobó que el consumo
marihuana con fines lúdicos sea legal en México, con la votación de la Ley
Federal para la Regulación del Cannabis.
La Suprema Corte ya había fallado a favor
de que el consumo del cannabis está estrictamente relacionado con el desarrollo
de la personalidad, de manera que el Congreso debía legislar en favor de
permitir el consumo legal de cannabis con fines lúdicos. La ley ahora permitirá
a adultos consumir cannabis con fines recreativos, aunque a la par habrá
estrategias de salud para concientizar sobre posibles riesgos a la salud que
conlleva el consumo de cannabis.
Permisos
para cultivar, consumir y hasta vender
La ley trae consigo reformas que permitirán
poseer hasta cuatro plantas por domicilio, autorizará alimentos y derivados con
cannabis no psicoactivo, otorgará licencias para siembra, cultivo y cosecha, y
garantizará el consumo privado siempre y cuando no haya menores de edad
presentes.
Sin embargo, la ley aún contempla sanciones
en caso de posesión de más de 200 gramos de cannabis y multas por portar entre
28 y 200 gramos.
Aunque el autoconsumo ahora está permitido
legalmente, no se permitirá, de momento, el consumo en espacios públicos. El
consumo siempre deberá ser en espacios cerrados destinados para ello, y nunca
podrá haber consumo por menores de edad.
En el caso específico del autoconsumo, se
permitirá la siembra, cultivo, cosecha y preparación de cannabis, siempre
tomando en cuenta una cantidad límite de cuatro plantas de cannabis
psicoactivo. Si hay dos o más consumidores en una misma casa, entonces se podrá
tener hasta ocho plantas. Independientemente del número de plantas, el cannabis
psicoactivo nunca se debe hacer frente a niñas, niños y adolescentes, así como
ante cualquier persona que, no deseándolo, quede expuesta al humo.
Asociaciones…
Las asociaciones serán grupos de dos a 20
personas que podrán sembrar, cultivar, cosechar, preparar y consumir cannabis
psicoactivo. Aquí los límites de plantas serán de cuatro por cada persona que
integra la asociación y en ningún momento podrán proveer de cannabis a quienes
no estén legalmente inscritos en ella.
¿Quiénes
pueden adquirir y sembrar marihuana?
Según lo establecido en el dictamen,
cualquier personas mayores de dieciocho años, con capacidad de ejercicio, podrá
sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar, portar, fumar y
consumir cannabis psicoactivo y sus derivados, para fines lúdicos o
recreativos.
Mientras tanto, las personas menores de 18
años o incapaces, no tendrán acceso al cannabis para uso recreativo, quienes se
lo provean o permitan el acceso del cannabis a cualquiera de estos grupos
incurrirán en un delito.
En el Senado se propuso una modificación al
artículo 15 del dictamen para que se haga una excepción en menores de 18 años
cuando se trate de productos derivados del cannabis con fines medicinales,
farmacéuticos o paliativos.
¿Quién
regulará el uso de la marihuana?
Para que entre en vigor lo aprobado en el
Senado primero el decreto debe ser aprobado en la Cámara de Diputados y después
publicado en el Diario Oficial de la Federación. El decreto recibió apoyo de la
mayoría de las bancadas en el Senado, así que es muy probable que lo mismo
ocurra en la cámara baja.
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