La secretaria Luisa María Alcalde habla de una
“amenaza a la seguridad nacional” frente al máximo tribunal de México, que ya
enfila tres proyectos para cumplir con el mandato de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos
La prisión preventiva oficiosa se ha
convertido en la nueva arma del Gobierno de Andrés Manuel López Obrador para
atacar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A un año de que la
Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionara al Estado mexicano y le
ordenara quitar esta figura de su Constitución para adecuarse a la legislación
internacional, el Ejecutivo ha redoblado la presión sobre los tribunales. El
presidente ha sido férreo en la defensa de esta medida cautelar, a la que
considera imprescindible para atajar los altos niveles de inseguridad en el
país. La nueva ofensiva llega ahora, en pleno tiempo electoral, porque la
Suprema Corte tiene tres proyectos enfilados para cumplir con
la sentencia internacional.
Hace justo un año que la Corte Interamericana
(CoIDH), cuyas resoluciones son obligatorias para México, sancionó al Estado
por vulnerar los derechos de Daniel García y Reyes Alpízar, los
dos hombres que estuvieron 17 años y medio en prisión sin una sentencia.
Para evitar que su caso se repitiera, el alto tribunal internacional ordenó a
México “adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones
constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana”.
La prisión preventiva oficiosa está recogida
en el artículo 19 de la Constitución y permite enviar de forma automática a
prisión a los acusados en una serie de delitos, en la primera fase del proceso
judicial, sin que lo decida un juez. Es un encarcelamiento por adelantado. En
México se aplica para un catálogo de 16 crímenes que va desde el feminicidio o
el secuestro hasta el robo dentro de una vivienda. Esta figura, que
es una anomalía en el resto de Latinoamérica, “es contraria las garantías
internacionales”, según la Corte Interamericana. Además, México cuenta ya con
la prisión preventiva justificada, que también implica que el acusado siga su
proceso judicial en la cárcel, pero porque un juez considera que existe riesgo
de fuga o de dañar a la víctima. El tribunal internacional pedía modificar la
primera y daba al Estado el plazo de un año para hacer los ajustes.
El tiempo ha pasado y el Gobierno de López
Obrador ha caminado en dirección contraria. En febrero, el
presidente incluso anunció la propuesta de ampliar el catálogo de delitos bajo
esta figura. Sin embargo, la SCJN —que también estaba obligada por la
sentencia de la CoIDH a buscar una salida— tiene preparados tres proyectos para
afrontar el mandato del tribunal internacional. Ahí comienza la disputa.
“Seguridad nacional”
La secretaria de Gobernación, Luisa María
Alcalde, ha salido este martes en la conferencia mañanera para advertir que
eliminar la prisión preventiva oficiosa es “una amenaza a la seguridad
nacional”. Según la funcionaria, quitar esta figura supondría “una afectación
irreparable a los derechos de las víctimas”, “una extrema vulnerabilidad al
personal policial, de las fiscalías, de los juzgadores y de los testigos”, y
“la saturación del sistema de justicia”. Así se lo ha alertado a la Suprema
Corte en una carta, firmada por los titulares de Defensa, Marina, Seguridad y
Exteriores.
En la misiva, el Gobierno reconoce por primera
vez cuántas personas hay bajo esta polémica medida: 68.000. Además, desglosa
que 21.000 están presas en el Estado de México, 8.400 en Jalisco, 4.500 en
Veracruz o 3.300 en Michoacán. Estas cifras suponen que un tercio de las
232.600 personas encarceladas en México, lo están sin condena y sin que ningún
juez haya valorado que tienen que estar en prisión. Aunque la Constitución
marca que solo se puede estar dos años en prisión preventiva oficiosa, la
saturación de los tribunales y los eternos procesos judiciales mantienen
atrapadas a las personas durante años en la cárcel sin sentencia.
Durante su conferencia, Alcalde ha externado
“su preocupación” por el impacto que tendría “la posible liberación de 68.000
presuntos delincuentes”. Los expertos jurídicos insisten sin embargo en que
eliminar la prisión preventiva oficiosa no implica una desbandada de las
cárceles, sino que permite a los abogados pedir que se revise la medida
cautelar del acusado. En el caso de que el juez lo decida, el imputado seguirá
en la cárcel, o si no puede aplicar otras medidas como un arraigo domiciliario,
un brazalete electrónico o la firma en el juzgado.
“La afirmación de la secretaria parte de la
idea de que los jueces van a dejar en libertad a personas que representan un
peligro, lo que es incorrecto. El aparato de justicia lo tiene bien armado para
mantener a las personas en prisión. No es una teoría, es un diagnóstico. Los
jueces suelen dictar prisión preventiva justificada, eso era la regla hasta que
en 2008 nació la prisión preventiva oficiosa”, explica el experto en derechos
humanos Luis Tapia, que afirma: “Es un intento de apelar al miedo colectivo”.
El abogado recuerda que hasta el momento no hay ninguna correlación de que los
delitos que tiene prisión preventiva oficiosa hayan disminuido: “Señalar que el
sistema de seguridad pública depende de la prisión preventiva oficiosa es una
confesión muy fuerte, estamos perdidos si ese es el caso, porque no es
efectiva, nunca ha servido”.
Los tres proyectos de la Corte
El Gobierno de López Obrador ha reflotado el
tema a raíz de los tres proyectos que la SCJN está a punto de discutir en el
pleno. Esta cercanía permite al Ejecutivo lanzar otro dardo a la institución
presidida por Norma Piña, en plena guerra entre los dos poderes: “Preocupa
también que la Suprema Corte decline su función de máximo tribunal del estado
mexicano en favor de una instancia regional donde sus jueces representan los
intereses de gobiernos extranjeros y de la Organización de los Estados
Americanos”.
En esta misma línea, Alcalde ha dicho: “Ningún
Estado, Gobierno, organismo o tribunal extranjero puede ordenarle a México
modificar su Constitución, su régimen político, ni su forma de Gobierno,
hacerlo sería un acto inadmisible de injerencia. ¿Y a quién le toca defender
nuestra Constitución? Precisamente a la Suprema Corte de Justicia de la
Nación”. Según se recoge en el artículo 2 de la Convención Americana de
Derechos Humanos, de la que México forma parte, el
país tiene la obligación de adecuar su legislación interna a los tratados
internacionales. También está sometido —de forma voluntaria y soberana— a
la competencia de la Corte Interamericana.
Con este embate, además, el Ejecutivo busca
presionar a los ministros y a los jueces para evitar ningún movimiento a menos
de dos meses de las elecciones del 2 de junio. En concreto, la carta del
Ejecutivo ataca directamente al proyecto del ministro Jorge Pardo, conocido
como Expediente 3/2023, pero la SCJN tiene en preparación otros dos: la acción
de inconstitucionalidad 49/2021, presentada por la ministra Margarita Ríos
Farjat, y el amparo en revisión 284/2022, del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz
Mena. Los tres proyectos, que están listados para discutirse de forma
consecutiva este jueves, tienen enfoques diferentes.
El del ministro Pardo nace directamente para
tratar de dar respuesta a la sentencia de la Corte Interamericana. Es el más
ambicioso de los tres, porque supone inaplicar el artículo 16 de la
Constitución para dejar sin vigencia a la prisión preventiva oficiosa. Necesita
solo de seis de los 11 votos del pleno para salir adelante. El amparo de
Gutiérrez Ortiz Mena es la aproximación más conservadora, puesto que elimina
esta figura, pero solo para la persona que promovió el amparo, no a nivel general.
También necesitaría seis votos para aprobarse. El proyecto de Ríos Farjat es el
más complicado de salir adelante, puesto que al ser una acción de
inconstitucionalidad —como
ya se discutió en noviembre de 2022— requiere de ocho votos. La propuesta
de la ministra va orientada a buscar el diálogo entre la Fiscalía, el
Ejecutivo, la Defensoría, sobre cómo inaplicar esta figura.
Mientras la SCJN decide cómo dar respuesta a
la sentencia de la Corte Interamericana, en los tribunales federales del país
ya se ha producido una división de criterio. El abogado Luis Tapia explica que,
por un lado, los tribunales del norte del país —que dependen del pleno regional
del circuito norte— ya están cumpliendo la resolución internacional y, por
tanto, inaplicando la prisión preventiva oficiosa. “Y en los del sur del país
se ha dicho que no, que la Constitución está por encima y no es posible
inaplicarla”, resume el experto, que apunta que en el sistema local es más
difícil medir cómo se está afrontando.