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lunes, 21 de octubre de 2019

México, campeón mundial en fatiga laboral

El 80% de empleados realiza tareas que no les corresponde, mientras que el acoso, violencia de directivos y sobrecarga de trabajo desatan estrés y riesgos de salud




El 75% de los trabajadores mexicanos padece fatiga laboral, condición que posiciona a nuestro país como campeón mundial en la materia, reveló la empresa especializada en recursos humanos ManpowerGroup México.

Eduardo Almanza, gerente regional de Capacitación y Empleabilidad de dicha organización global, informó que el país supera a naciones como China y Estados Unidos; donde tal problemática afecta a 73% y 59% de los empleados.

Con motivo de la próxima entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, que busca combatir las enfermedades psicosociales y eventos traumáticos en los centros de trabajo, señaló que la fatiga laboral tiene varias aristas o detonantes.

Refirió que 80% de los mexicanos desempeña actividades para las que no fue contratado o no debe realizar. Tal elemento, apuntó, agrava con jornadas que sobrepasan las 42 horas semanales que establece la Ley Federal del Trabajo; que pueden crecer a 48, si se pagan horas extra.

Indicó que otro factor a considerar es que los empleados del país son los que más horas trabajan entre los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con dos mil 255 horas al año.

Aunque ello, apuntó el especialista, no se traduce en eficiencia laboral; porque los mexicanos son los menos productivos de la OCDE, con 20 puntos en una escala de 100 posibles en la materia. Estos datos son “focos rojos” que acentúan la fatiga laboral, subrayó el especialista.

Así como los males psicosociales y eventos traumáticos, que van desde el estrés y afectaciones a la vida familiar de los empleados, hasta actos de violencia, acoso, humillaciones, inseguridad y la muerte de algún empleado en los centros laborales.

El gerente regional de Capacitación y Empleabilidad de ManpowerGroup México explicó que el objetivo de la NOM 035 es, precisamente, combatir los elementos que detonan las afectaciones antes mencionadas.

Además de prevenir los factores que las detonan, a través de políticas internas que mejoren el ambiente laboral; promuevan el trabajo en equipo, garanticen el respeto, mejoren el liderazgo de los directivos y combatan cualquier tipo de acoso laboral y actos de violencia.

Eduardo Almanza explicó que dicha norma entrará en vigor el 23 de octubre de 2019, un año después de su promulgación; y sus efectos y responsabilidades son de carácter obligatorio para todas las organizaciones que operan en el país.

Refirió que, de acuerdo al decreto publicado por la Secretaría del Trabajo, a través del Diario Oficial de la Federación, la NOM 035 establece dos momentos clave: primero, la operación de la norma, que obliga a las organizaciones a detectar eventos traumáticos severos que afectan a sus empleados.

Ello mediante la aplicación de un cuestionario al 100% de los trabajadores; quienes serán responderán sobre afectaciones derivadas de asaltos, secuestros, actos violentos, amenazas y hasta la muerte o pérdida de algún miembro o lesión durante o con motivo de su jornada laboral.

Mientras que el segundo, apuntó Almanza, está definido por otra consulta a una muestra representativa de los colaboradores sobre factores psicosociales, que impactan su desempeño y vida familiar; la cual aplicará a partir del 23 de octubre de 2020.

Lo anterior, según la NOM, permitirá detectar desde humillaciones, burlas, calumnias y falta de reconocimiento; hasta problemas de liderazgo o acoso laboral del los jefes –no está contemplado el sexual–, estrés, fatiga, sobre carga de trabajo y esfuerzos físicos excesivos.

CONSECUENCIAS Y RESPONSABILIDADES
De acuerdo al decreto publicado por la Secretaría del Trabajo, la NOM 035 establece que:

Las empresas tienen la responsabilidad de instrumentar políticas que mejoren el clima y la organización laboral; con el fin de combatir los efectos de eventos traumáticos severos y males psicosociales.
En caso de pasar por alto el levantamiento de los cuestionarios y no notificar los resultados a la Secretaría del Trabajo, a través de la Comisión de Seguridad e Higiene de la misma dependencia, la compañía será multada, según el numero de empleados y su capacidad de pago.
Al identificar problemas de salud recurrentes, derivados de eventos traumáticos severos o afectaciones psicosociales; la organización deberá canalizar a los empleados afectados al IMSS o ISSSTE para su tratamiento.
El segundo cuestionario –que identifica problemas psicosociales– deberá ser realizado cada dos años, a partir de octubre de 2020; para dar seguimiento al cumplimiento de las políticas internas, que la empresa debe poner en marcha para desactivar su impacto.

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