A falta de un fiscal en la materia que no ha sido designado, los ilícitos de tipo penal serán castigados como hasta ahora. Declaración de bienes, obligatoria.
CIUDAD DE MÉXICO.
Con sanciones administrativas, pero sin poder aplicar castigos penales, hoy nace en todo el país, menos en Chihuahua, el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), pero con carencias que lo lesionan, pues sólo Querétaro cumplió cabalmente con todos los requerimientos, mientras que ni la Federación ni el resto de las 31 entidades tienen completas las autoridades que darán la lucha contra los corruptos.
Por disposición de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, este 19 de julio entran en vigor las nuevas reglas generales para castigar la corrupción, pero sólo a nivel administrativo, con medidas como amonestaciones públicas, multas, despidos, suspensiones e inhabilitaciones, porque la parte penal no será aplicada mientras no exista el Fiscal Anticorrupción, por lo que los delitos relacionados con actos de corrupción se castigarán como hasta ahora.
Este nuevo sistema obliga a los servidores públicos a hacer públicas sus declaraciones patrimonial y de intereses, pero como el Comité de Participación Ciudadana federal no ha emitido los formatos que se deben aplicar, se harán como hasta ahora, con la información que el trabajador decida que debe ser pública.
A partir de hoy existen nuevas reglas que buscan poner fin al uso de familiares por parte de funcionarios para ocultar fortunas y los somete a una revisión periódica para verificar que su patrimonio no sea considerablemente mayor a sus ingresos salariales.
Pero no sólo a nivel federal se incumplió con las reglas establecidas por el Poder Legislativo. Concretada la reforma constitucional, se hicieron las leyes correspondientes y se nombró al Comité de Participación Ciudadana, pero no hay ni fiscal ni magistrados anticorrupción. Tanto la PGR como el propio Tribunal de Justicia Administrativa tendrán que subsanar eso con medidas administrativas, porque el Senado no nombró a esas autoridades.
También los estados incumplieron con la expectativa. La idea fue que para este 19 de julio, en todo el país ya estuvieron en funcionamiento los sistemas estatales anticorrupción, pero el retraso en la aprobación de la reforma constitucional y las leyes respectivas retrasó todo el procedimiento a nivel estatal y salvo Querétaro, ninguno tiene Comité de Participación Ciudadana.
Sólo Chiapas, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro y Sonora tienen fiscal, mientras que los estados de México, Morelos, Nayarit, Querétaro y Sonora tienen magistrados anticorrupción.
Chihuahua es la entidad más rezagada, porque ni siquiera tiene reforma constitucional.
Anoche, el Congreso del estado de Baja California aprobó con la unanimidad de 20 votos todo el paquete de leyes en materia anticorrupción; también lo hizo Jalisco; el lunes lo hizo la Ciudad de México; quedaron a deber las leyes los estados de Tlaxcala y Veracruz, quienes apenas hace cinco días aprobaron su reforma constitucional.
Querétaro superó incluso a la Federación en el cumplimiento de las disposiciones en materia anticorrupción. Tiene ya Comité de Participación Ciudadana, fiscal y magistrados anticorrupción, por lo que en la entidad entrará plenamente el sistema que busca combatir la corrupción entre servidores públicos y sector privado, incluso entre particulares que, si bien no son empresarios, sí tienen negocios con el sector privado o con alguna instancia de los poderes Legislativo y Judicial u organismos autónomos.
Comité de Participación Ciudadana sólo hay a nivel federal y en Querétaro. Faltan las 31 entidades federativas.
Como los gobiernos de las entidades federativas se tomaron el tiempo para hacer sus reformas y leyes, no hay un plazo fijo para que cada una de ellas complete las autoridades anticorrupción; es decir, pueden hacerlo en lo que resta del año, o postergar la decisión más tiempo, como lo ha hecho el Senado, que lleva tres años de retraso en el nombramiento del fiscal Anticorrupción.
De acuerdo con el Semáforo Anticorrupción (del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), en su corte para este 18 de julio, el cumplimiento de leyes y reformas constitucionales no garantiza la aplicación correcta de las reglas contra la corrupción.
En materia constitucional, su valoración es que sólo los estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán tienen un alto nivel de satisfacción en su contenido, acorde con la Constitución.
Y en materia de leyes, que no tiene todas analizadas, dado que todavía ayer se aprobaron algunas, evalúa que Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sonora y Zacatecas tienen un diseño que se apega a los parámetros de las leyes generales.
PILARES DEL SNA
La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos es uno de los instrumentos para castigar los actos de corrupción.
En ella se detallan las responsabilidades administrativas y la obligación de los servidores públicos de presentar declaraciones patrimonial, de conflicto de intereses y fiscal.
El Comité de Participación Ciudadana emitirá los formatos que se deben aplicar; mientras no estén, se publicará lo que el trabajador decida que debe ser pública o privada.
Servidores y particulares que incurran en actos de corrupción podrán ser castigados con sanciones administrativas como amonestaciones, habilitación y multas económicas, en caso de que sus faltas no sean consideradas graves.
Las faltas graves tienen una sanción de hasta 12 años de prisión.
Entre las leyes que conforman el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) se encuentran:
Ley general del SNA.Establece las bases de coordinación del Sistema, a nivel federal y local, así como las características del Sistema Nacional de Fiscalización y de la Plataforma Digital Nacional.
Ley General de Responsabilidades Administrativas: detalla las responsabilidades administrativas y la obligación de los servidores públicos, de presentar declaraciones patrimonial, de conflicto de intereses y fiscal.
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Su objetivo es fortalecer a la Auditoría Superior de la Federación para el combate de la corrupción.
Reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Crea al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Crea la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, como órgano autónomo para investigar y perseguir actos de corrupción.
Reformas al Código Penal Federal. Establece las sanciones que serán acreditables a quienes cometan actos de corrupción: servidores públicos y particulares.
Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Fortalece a la Secretaría de la Función Pública para la prevención y combate de la corrupción.
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