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jueves, 25 de julio de 2019

Aprueban Ley de extinción de dominio en San Lázaro


Con 45 votos a favor, dos en contra y cinco abstenciones, el dictamen de la nueva fue aprobada


Las comisiones unidas de Justicia y de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobaron, con 45 votos a favor, dos en contra y cinco abstenciones, el dictamen de la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio.
El dictamen fue turnado al pleno cameral para su discusión y votación este mismo jueves en sesión extraordinaria.
Dicha ley permitirá al Gobierno Federal incautar los bienes del crimen organizado y ponerlos a la venta en forma inmediata para que los recursos sean utilizados.
La acción de extinción de dominio corresponde al Ministerio Público y se ejercitará mediante un proceso jurisdiccional de naturaleza civil, de carácter patrimonial y con prevalencia a la oralidad.
Destaca que la extinción de dominio es imprescriptible en los casos de bienes de origen ilícito, y para aquellos de destinación ilícita, dicha acción prescribirá en 20 años.
Además, la muerte de quien se hubiera encontrado sujeto a investigación o proceso penal no hace prescribir la extinción de dominio, por lo que las consecuencias subsisten contra los herederos.
Los bienes sujetos a la extinción de dominio deberán contar con valor pecuniario que genere beneficios económicos al Estado, y la autoridad administradora podrá vender o disponer de manera anticipada de ellos, con excepción de los que las autoridades consideren objeto de prueba.
Dichos bienes podrán disponerse en favor de las dependencias y entidades de la administración pública federal, la Fiscalía General de la República y los gobiernos de las entidades federativas y municipios, según lo determine el Gabinete Social de la Presidencia de la República.

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