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lunes, 9 de septiembre de 2019

Apunta SCJN agilizar trámites de refugiados


La corte analiza amparar a un ciudadano venezolano a quien la Comar le negó el estatus de refugiado por no solicitarlo a tiempo


La Suprema Corte de Justicia de la Nación perfila dejar sin efecto los artículos 18 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político y 19 de su Reglamento, al considera que son violatorios de derechos humanos al delimitar el derecho a ser reconocido con la calidad de refugiado.
Así lo establece el proyecto del ministro José Fernando Franco González, quien propone amparar a un ciudadano de nacionalidad venezolana a quien la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) le negó el status de refugiado ya que no hizo su solicitud en un plazo de 30 días contando a partir de que ingreso a territorio nacional.
El 19 de agosto de 2018 Edgardo Alfonso Díaz Alemán, de 19 años de edad, y de nacionalidad venezolana, ingresó al territorio nacional abandonando su país de origen por la inseguridad y violaciones a derechos humanos y el 23 de octubre de ese año, presentó un escrito a la Comar solicitando el reconocimiento de su condición de refugiado.
Sin embargo, la Comar pidió explicar por qué no solicitó el status de refugiado dentro de 30 días posteriores a su ingreso a México. El venezolano informó que tenía muy pocos conocimientos sobre esta institución y las condiciones establecidas para efectuar las solicitudes para ejercer mis derechos y los plazos que debía cumplir.
“Al llegar a México me encontraba en un estado emocional alterado debido a las condiciones en las cuales tuve que salir de mi país, viéndome afectado por la situación en la que acababa de pasar al salir de mi país e ingresar a México, además de la preocupación y miedo que sentía al desconocer el cómo funcionaban las leyes y los procedimientos legales”, señaló en su escrito.

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