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martes, 28 de abril de 2020

Ley de amnistía no beneficiara a Villanueva






CDMX.- El día 22 de abril de 2020, se publicó la nueva Ley de amnistía en México, estableciendo que en contra de quién se haya ejercitado acción penal, estén vinculados a proceso o estén siendo procesados (en sistema tradicional) o sentenciados (que haya causado ejecutoria) penalmente por delitos federales pueden recibir el beneficio de abandonar los reclusorios, y/o suspenderse cualquier medida cautelar que se les haya impuesto y poderse ir con sus familias en paz, ya que la Amnistía es un Perdón a las penas que realizó una persona, es una medida excepcional que extingue el delito y las penas de estos.

Dato curioso: La amnistía generalmente se da para delitos de carácter político sin embargo en está se incluye diversos delitos como lo son de homicidio, aborto, robó, sedición, por cualquier delito a personas de comunidades indígenas y delitos contra la salud.
En el artículo 1.- de la ley de amnistía indica lo siguiente:

Artículo 1. Se decreta amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, en los siguientes supuestos:

Fracción III. Por los delitos contra la salud a que se refieren los artículos 194, fracciones I y II, 195, 195 Bis y 198 del Código Penal Federal, siempre que sean de competencia federal, en términos del artículo 474 de la Ley General de Salud.
En este sentido el delito que VILLANUEVA MADRID cometió siendo gobernador no se encuentra entre los que pueden tener dicho beneficio debido a la gravedad del antijurídico ejecutado como representante del Estado de Quintana Roo.

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