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martes, 28 de enero de 2020

Bancos, Telmex y CFE deberán dar datos de sus clientes al SAT








El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ordenó a los bancos entregar datos de
contacto que tengan de sus cuentahabientes.
A las telefónicas empresas de servicio de suministro de energía y casas de bolsa les pidió
Bancos, Telmex yCFE deberán dar datos de sus



A las telefónicas, empresas de servicio de suministro de energía y casas de bolsa, les pidió
que les compartan la información de sus usuarios relacionada con la clave del Registro
Federal de Contribuyentes (RFC) o bien de la CURP.

En la resolución miscelánea scal 2020 que emitió el recaudador de impuestos se establece
que las instituciones nancieras en México deberán proporcionar el nombre completo de su
cliente junto con el RFC y domicilio scal.

Secreto bancario
En las disposiciones generales de la resolución miscelánea, se establece que para efectos
del artículo 32-B fracción IV, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), se
entiende que la solicitud de información que se realice conforme al citado precepto legal,
constituye una excepción al procedimiento establecido en el artículo 142 de la Ley de
Instituciones de Crédito.

Dicho artículo señala entre las excepciones para guardar el secreto bancario, cuando
autoridades hacendarias requieran información a bancos para nes scales.

Medio de contacto
Al respecto, funcionarios del SAT comentaron detalles de esta disposición durante el chat
que se organizó para explicar las novedades scales para el ejercicio de 2020.
Rodrigo Rivera Mendoza, del área jurídica de la administración central de Servicios al
Contribuyente, rerió que se modicó el artículo 32-B del CFF.

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Lo anterior, para señalar que las instituciones nancieras y las sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo estarán obligadas a obtener de cuentahabientes los datos relativos a
correo electrónico, número de teléfono o algún otro medio de contacto electrónico que a
efecto determine el SAT por medio de reglas de carácter general.

Si el cuentahabiente no tiene registro scal, en la regla miscelánea scal 2.12.5, sobre
inscripción en el RFC de cuentahabientes por vericación de datos obtenidos de las
instituciones del sistema nanciero, se establece lo siguiente:

“En el caso de que los cuentahabientes no tengan clave en el RFC, el SAT podrá llevar a cabo
su inscripción en el citado registro, en caso de contar con los datos sucientes para realizar
dicha inscripción y como facilidad administrativa”.

El registro en el padrón de contribuyentes se efectuará sin la asignación de obligaciones
periódicas o de un régimen especíco, ya que ellos deberán acudir a alguna ocina del SAT.
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Una vez que las instituciones nancieras reciban el resultado de la inscripción de las claves
en el RFC por parte del SAT, deberán actualizar sus bases de datos y sistemas con la
información del sco.
Nan
En la regla miscelánea 2.1.46 se indica que se debe contar con el consentimiento del
contribuyente para compartir información scal a Nacional Financiera (Nan), para que
solicite información al Buró de Crédito.
Se señala a las pequeñas y medianas empresas que tributen en la Ley del ISR y cuyos


Se se a a a as peque as y ed a as e p esas que t bute e a ey de S y cuyos
ingresos anuales declarados sean iguales o superiores a los 2 millones de pesos y de 250
millones de pesos.

Así que el SAT no podrá darle información a Nan si es que no cuenta con permiso del
contribuyente para generar su calicación crediticia y para que pueda solicitarla a las
sociedades crediticias.

Telmex y CFE
Respecto a los usuarios de telefonía y energía, en la regla miscelánea 2.8.1.9 se señala que
en el artículo 30-A del Código Fiscal se sustenta la obligación para que proporcionen los
datos relacionados con la clave en el Registro Federal de Contribuyentes.
Para los usuarios que sean personas físicas, en lugar de dar la clave del RFC, podrán optar
por presentar la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Comúnmente, el delito de robo de identidad se usa de manera ilegal para
abrir cuentas de crédito, contratar líneas telefónicas, seguros de vida,
realizar compras y en algunos casos para el cobro de seguros de salud,
vida y pensiones.

¿Qué es el robo de identidad?
Es la apropiación de la identidad de una persona para hacerse pasar
por ella, asumir su identidad frente a terceros públicos o privados, a
fin de obtener beneficios a su nombre. El robo de identidad implica la
obtención y uso NO autorizado e ilegal de datos personales.
México ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este delito.
- Numeralia


1.- Asegura tus documentos personales en casa y cuando viajes
Todos los documentos personales o archivos electrónicos, así como
NIP, password y claves dinámicas deben conservarse en un lugar
seguro para evitar que personas extrañas tengan acceso a ellos.
2.- Destruye tus documentos personales cuando hayan dejado de
ser necesarios
3.- Piensa antes de publicar o compartir información personal
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internet o teléfono
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no hayas solicitado
8.- Mantente alerta ante cualquier transacción bancaria inusual
9.- Solicita que lleven a donde estés los medios de cobro
10.- Realiza transacciones seguras
La pérdida de
documentos
67%
Robo de carteras y
portafolios
63%
Tomada de una
tarjeta bancaria
53%

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