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martes, 13 de noviembre de 2018

Seis ministros votan por invalidar la totalidad de la Ley de Seguridad Interior

El Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en materia de seguridad interior, es el argumento mayoritario de los ministros.


En el segundo día de debate para revisar las impugnaciones a la Ley de Seguridad Interior (LSI), seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron por declarar la inconstitucionalidad de dicha norma, por lo que sólo faltan dos votos para que sea invalidada en su totalidad.

Los ministros de la Suprema Corte que adelantaron su voto contra el proyecto de resolución presentado al Pleno por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, el cual reconocía la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, son Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar Lelo de la Larrea, Norma Lucía Piña Hernández, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez.

Sus argumentos variaron de la falta de competencia del Congreso de la Unión para regular el concepto de seguridad interior, pasando por la violación al procedimiento parlamentario para su aprobación y el fraude a la Constitución que denunció el ministro Arturo Zaldívar, quien advirtió que bajo el concepto de seguridad interior en realidad se buscaba regular la participación de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.

La ministra Norma Lucía Piña advirtió que en la aprobación de la LSI hubo violaciones graves al procedimiento legislativo, incluyendo la votación sin que los diputados conocieran el dictamen de la norma impugnada y sin que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados solicitará su discusión y aprobación como un asunto de “obvia y urgente resolución”.

La postura que más sorprendió fue la del ministro Eduardo Medina Mora, debido a que el ex titular de la PGR se posicionó en contra de la Ley de Seguridad Interior, con el argumento de que la norma impugnada va a permitir que las autoridades civiles sigan evadiendo su responsabilidad en materia de seguridad pública.

El ministro José Ramón Cossío advirtió que desde la óptica constitucional, la disposición de las fuerzas armadas para labores de seguridad interna sólo se puede hacer cuando existe una declaración formal de guerra o cuando se decreta la suspensión de los derechos fundamentales por parte del Ejecutivo Federal..

El ministro Alberto Pérez Dayán se sumó a la mayoría, al igual que el ministro Javier Laynez, quien advirtió que la norma impugnada en realidad regula de forma permanente la participación militar en labores de seguridad pública, sin que se prevean causas de excepcionalidad y temporalidad para la colaboración militar con fuerzas civiles.

De esta manera, seis ministros adelantaron su voto contra la Ley de Seguridad Interior, pero todavía faltan cuatro ministros por pronunciarse sobre la validez o invalidez de esa ley, por lo que todavía se requiere que otros dos ministros voten por la inconstitucionalidad de la norma.

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