La resolución detiene también la emisión de nuevas reglas para el sector eléctrico, impugnadas por empresas y organizaciones ambientales ante tribunales
La Asociación Civil Defensa Colectiva promovió el amparo al Acuerdo relacionado con el Sistema Eléctrico, publicado el 15 de mayo.
Al establecerse barreras de entrada al mercado eléctrico mayorista, éste no podrá servirse de los beneficios de la libre concurrencia y competencia económica, pues podría generarse una barrera de entrada a las centrales generadoras de energía limpia, y un fortalecimiento anticompetitivo de las centrales convencionales, que ya tienen determinada posición en el mercado o que, a diferencia de las eólicas o fotovoltaicas, sí podrán entrar en operaciones o permanecer en el mercado durante la vigencia de los actos reclamados, al menos con mayor facilidad”, resolvió el juez De la Peza.
La suspensión definitiva puede ser impugnada por la Secretaría de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, mediante un recurso de queja que se debe promover ante un Tribunal Federal.
Esta resolución del Juez Especializado en Competencia Económica estará en vigor por todo el tiempo que le tome a la asociación quejosa el trámite del juicio de Amparo para aclarar la constitucionalidad del acuerdo emitido por Nahle, salvo que sea revocado por un Tribunal Colegiado de Circuito, lo que no tiene un plazo definido.
En contra de este mismo acuerdo, la organización Greenpeace-México también promovió y obtuvo una suspensión, desde el 29 de mayo, que fue concedida el Juez Segundo Especializado, Juan Pablo Gómez Fierro, y que se encuentra en revisión por un Tribunal Colegiado.
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