Pagar una infracción por faltas al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal es un trámite sencillo
CIUDAD DE MÉXICO
Pagar una infracción por faltas al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal es un trámite sencillo, una vez que la autoridad, en este caso la Guardia Nacional, da de alta el número de folio en su sistema.
Luego de cometer la infracción, el operador del vehículo sancionado deberá esperar entre tres a cinco días para que el número de folio del documento aparezca en el sistema y, así, poder generar la línea de captura.
Una vez con ese documento, el conductor tendrá que acudir a una sucursal del banco BBVA, única institución que tiene el convenio con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para hacer la recepción de los pagos.
También se puede acudir a las Oficinas de Registro de Infracciones en las principales ciudades el país, en donde se puede realizar el pago con tarjetas de crédito o débito en Terminales Punto de Venta (TPV).
Consultar el sitio de internet “Procedimiento para el pago de infracciones en carreteras federales”, puede generar alguna confusión en el usuario, debido a que en el portal se sigue haciendo referencia a la Comisión Nacional de Seguridad y a la Policía Federal, y no a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y a la Guardia Nacional.
De hecho, los teléfonos para orientación a los infractores 088, 01 5503 6000 y 01800 4403 690 del Centro Nacional de Atención Ciudadana siguen operando de manera regular, así como la cuenta de correo electrónico atención.infracc@cns.gob.mx.
Haciendo a un lado estos detalles, en el sitio se debe buscar la liga “Generar Línea de Captura” y debe tener a la mano el número de folio de la infracción y el número de expediente del elemento de la Guardia Nacional que realizó la sanción.
Con esos datos se genera el formato de la línea de captura, al que se le agregan los datos de número de convenio, nombre de la persona infraccionada, el folio de la infracción, el importe a pagar por cada una de las infracciones cometidas, la vigencia del documento y el total a pagar.
Esta parte del trámite se puede atrasar, debido a que el procedimiento para dar de alta los folios de las infracciones, por parte de los elementos de la Guardia Nacional, pueden tardar entre tres a cinco días posteriores a la falta.
En los casos en que el infractor reconoce expresamente en la boleta que cometió la falta por la que se sanciona y se abstiene de impugnar la misma, se otorga un descuesto de 25 por ciento sobre el monto total a pagar.
Otro descuesto de 25 por ciento es el incentivo para que el pago de la multa se realice en los siguientes 15 días hábiles, posteriores a la fecha de la sanción.
En caso de no estar de acuerdo con la multa, el infractor puede impugnar en las coordinaciones estatales de la Guardia Nacional, presentando un escrito con argumentaciones y pruebas de su dicho.
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