Jueces y magistrados consultados recordaron que su salario es protegido por párrafo 11 del artículo 94 de la Constitución.
La Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos vigente desde ayer, no afectará el ingreso de los mil 567 ministros, magistrados y jueces que tiene en activo el Poder Judicial de la Federación.
Dichas personas ganan mucho más de los 108 mil pesos mensuales en que se topó el ingreso para servidores públicos de todos los entes de gobierno en México, con el fin de que nadie gane más que el presidente de la República.
Sin embargo, jueces y magistrados consultados por El Financiero advirtieron que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución, no aplica para los juzgadores.
Recordaron que su salario, que en algunos casos es el doble del tope que se fijó en la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos, es protegido por párrafo 11 del artículo 94 de la Constitución que a la letra dice:
“La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”.
Advirtieron que para que lograr una retabulación al salario de los juzgadores se tendría que proceder a una reforma constitucional, la cual, por muy rápida que esta sea, no aplicaría para el Presupuesto 2019.
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