La iniciativa que pretende introducir reformas a la Constitución será presentada en la sesión de este martes en el Congreso.
La iniciativa que Morena presentará este martes en la Cámara de Diputados establecerá que la Guardia Nacional se mantendrá en las calles sólo hasta que se logre pacificar al país.
En la iniciativa con proyecto de Decreto, que presentará el coordinador, Mario Delgado Carrillo, busca reformar diversos artículos de la Constitución para crear la Guardia Nacional.
En la exposición de motivos de la iniciativa que reforma los artículos 13, 16, 21, 31, 32, 36, 55, 73, 76, 78, 82, 89 y 123 de la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos se explica que se propone crear la Guardia Nacional como una institución del Estado.
Su función será la de participar en la salvaguarda de los derechos de las personas y sus bienes, preservar el orden y la paz públicas, así como los bienes y recursos de la nación.
Sus integrantes provendrán de las policías militar y naval, así como de la actual Policía Federal, y adicionalmente se convocará a civiles y a elementos de tropa para que se integren a la formación de nuevos elementos, los cuales recibirán formación y adiestramiento en planteles militares, además capacitación en materia de respeto a los derechos humanos.
El documento, que será presentado este martes ante el pleno de la Cámara de Diputados, indica que los miembros de la Policía Militar y Naval que sean asignados a la Guardia Nacional conservarán sus rangos, así como las prestaciones conferidas a su nivel jerárquico y de mando.
Además, establece que en tanto persista la crisis de violencia e inseguridad en el país se mantendrá la Guardia Nacional, por ser obligación del Estado mexicano tomar las medidas pertinentes para salvaguardar la seguridad de los ciudadanos.
No obstante, plantea que la actuación de la Guardia Nacional deberá ser sujeto a revisión, por lo que el Ejecutivo federal en coordinación con el Poder Legislativo deberán llevar a cabo una evaluación de la política instrumentada en la materia transcurrido el plazo de tres años a partir de su implementación.
Remarca que es necesario diseñar una solución efectiva a la falta de una corporación capaz y suficiente para prevenir la criminalidad, neutralizar la violencia delictiva, investigar las violaciones a la ley e identificar, detener y presentar ante los organismos jurisdiccionales correspondientes a los presuntos infractores.
“Hoy en día las Fuerzas Armadas siguen siendo el principal y el más confiable pilar de la seguridad en nuestro país; pero a 12 años de que fueran involucradas en esa misión por el mando civil, siguen careciendo de un marco legal específico y de una formulación institucional adecuada para participar en esa tarea”, agrega.
Se propone que adicionalmente a sus funciones como garante de la seguridad y la paz pública y la preservación de la vida, la libertad y los bienes de las personas, la Guardia Nacional esté facultada como auxiliar del Ministerio Público.
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Admite que los institutos militares nacionales son los únicos que tienen el personal, la capacidad, el espíritu de cuerpo y las instalaciones requeridas para empezar a conformar la Guardia Nacional desde el próximo 1 de diciembre y, simultáneamente, a capacitar a los futuros integrantes de la institución.
Los guardias nacionales provendrán de las policías militar y naval, así como de la actual Policía Federal, y adicionalmente se convocará a civiles y a elementos de tropa para que se integren a la formación de nuevos elementos, los cuales recibirán formación y adiestramiento en planteles militares.
Con las reformas propuestas se establecerá la naturaleza, alcances y ámbitos de competencia de la Guardia Nacional. Estas adecuaciones constitucionales permitirán la actuación de la Guardia Nacional en el marco del Plan Nacional de Paz y Seguridad del próximo gobierno.
El documento destaca que la Guardia Nacional está prevista desde la Constitución de 1857 y en la Constitución vigente desde su emisión en 1917.
Sin embargo, no está clara su naturaleza ni las funciones que puede desempeñar, por lo que se propone dotar de un nuevo contenido al concepto de Guardia Nacional que se adecúe a las urgentes necesidades de nuestro país para la construcción de la paz y la garantía de seguridad.
Para mayor eficiencia, la Guardia Nacional se coordinará con las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia de las entidades federativas y los municipios, así como con las demás autoridades de la Federación que correspondan.
En materia de derechos humanos, garantías judiciales y respeto a las libertades, se prohíbe expresamente que las personas detenidas en el uso de las atribuciones que establece esta reforma sean trasladadas o resguardadas en instalaciones militares.
Además, por disposición expresa y en correspondencia con la naturaleza de sus funciones, los miembros de la Guardia Nacional que cometan un delito o una falta en el despliegue de su labor cotidiana serán juzgados por el fuero civil y no por el fuero militar al que solo se reserva el conocimiento de las faltas y delitos que cometan en su organización interna.
Establece que la propuesta parte de la necesidad de que los efectivos del Ejército y la fuerza armada de México, quienes actualmente realizan tareas de combate a la delincuencia, regresen en muy corto plazo al ejercicio de sus potestades constitucionales, como fuerzas de defensa de la nación.
“Y, en su lugar, formar y desplegar una fuerza con disciplina especialmente adiestrada para ejercer funciones de salvaguarda de derechos y bienes de las personas, así como de preservación del orden y la paz públicas. Nuestra propuesta avanza en el sentido de la desmilitarización de las calles de México”, resalta en la exposición de motivos.
Para estar acordes con la interpretación recientemente emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con relación a la Ley de Seguridad Interior, establece en el régimen transitorio una excepción expresa y específica para que a los miembros de las policías militar y naval que se incorporen a la Guardia Nacional no les sea aplicable la limitación que dispone el artículo 129 de la Constitución, según la cual en tiempos de paz las autoridades militares no pueden realizar funciones diversas a las que tengan exacta conexión con la disciplina militar.
Señala que la creación de la Guardia Nacional es sólo una parte del Plan Nacional de Paz y Seguridad del próximo gobierno.
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