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lunes, 4 de septiembre de 2017

Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros debe entregar estados financieros de fideicomiso para pago de prestaciones


El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana (STFMR) buscar y entregar los estados financieros del Fideicomiso STRMJUB 1181-7, del periodo 2000 a 2014, el cual fue creado para el pago de las prestaciones correspondientes a los familiares de ferrocarrileros jubilados fallecidos.

“Estos documentos son constitutivos de la operación ordinaria de una institución, como en este caso el Sindicato, y entonces no cabe decir ‘a ver si los encuentro’, no, tienen que estar”, afirmó el comisionado presidente del Instituto, Francisco Javier Acuña Llamas, al presentar el caso ante el Pleno.

Destacó la importancia de la conservación de los archivos en las instituciones, ya que es en ellos donde obra la información requerida, en el caso concreto, los estados financieros del Fideicomiso que administra los fondos de los derechos de los trabajadores de Ferrocarriles Mexicanos.

Un particular requirió conocer el oficio, de fecha 08 de julio de 2014, y los estados financieros de dicho Fideicomiso, que fueron entregados por la organización sindical al Director General de Transporte Ferroviario y Multimodal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), precisando que debían observarse los sellos de entrega de los documentos.

En respuesta, el Sindicato señaló que no está obligado a generar o conservar los estados financieros del Fideicomiso STRMJU 1181-7, pues se trata de un organismo privado administrado por Nacional Financiera (Nafin), por lo que sugirió al solicitante presentar su petición ante esa instancia.

Inconforme, por considerar que la organización sindical debe contar con los documentos, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI.

En alegatos, el Sindicato reiteró que se trata de un fideicomiso privado, administrado por Nafin, en su calidad de institución fiduciaria, por lo que no le son aplicables las disposiciones de la Ley de Transparencia.

En el análisis del caso, a cargo del comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, se verificó que el objetivo del Fideicomiso es el pago de las prestaciones correspondientes a los familiares de ferrocarrileros jubilados fallecidos.

En ese sentido, se advirtió que, durante 13 años, Nacional Financiera hizo los pagos correspondientes a 35 mil 753 beneficiarios de 20 mil 682 ferrocarrileros jubilados fallecidos, cuyos montos suman la cantidad de 761 millones 309 mil 221 pesos.

Sin embargo, debido a la insuficiencia de recursos, el Gobierno Federal, en cumplimiento al Decreto de extinción de Ferrocarriles Nacionales de México, participó para garantizar el pago de pensiones laborales de los trabajadores de Ferrocarriles Nacionales, como lo reportó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Informe de Avance del Segundo Semestre del 2013.

Se comprobó que para cubrir los pagos de pensiones del ejercicio 2014, la SCT solicitó cuatro millones de pesos ese año.

Así, se concluyó que el Fideicomiso STFRMJUB 1181-7 fue receptor y ejecutor de recursos públicos, por lo que la información relacionada con la gestión de los mismos, en este caso, los estados financieros, deben ser de escrutinio público.

Aunado a ello, se observó que, en cumplimiento al Acuerdo 313-2/06/06/2014, el Sindicato, mediante oficio de fecha 08 de julio de 2014, entregó al Director General de Transporte Ferroviario y Multimodal los informes financieros del Fideicomiso, correspondientes al periodo 2000-2014 que, en su momento, le proporcionó Nafin.

Por tanto, se determinó que la organización sindical puede contar con la información requerida; sin embargo, no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley.

El Pleno del INAI revocó la respuesta del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana y le instruyó una búsqueda del oficio y los estados financieros referidos, en los que se observen los sellos de entrega, a fin de que se los proporcione al particular.

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