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martes, 4 de julio de 2017

Por no ser un acto de corrupción, SNA no puede exhortar en caso de espionaje: INAI

El comisionado presidente del INAI, Javier Acuña, explicó que la PGR es la autoridad encargada de la investigación sobre el presunto espionaje a periodistas y activistas.


CIUDAD DE MÉXICO.- Luego de que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) rechazara la propuesta de emitir un exhorto sobre el software Pegasus, el comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Javier Acuña, aseguró que la decisión se basa a que no trata de un caso de corrupción.

“La mayoría de los integrantes del Comité Coordinador consideró que, en el caso concreto, el exhorto era improcedente porque el espionaje está tipificado en el Código Penal Federal como intervención de comunicaciones privadas y no como un acto de corrupción”, explicó a través de un comunicado.

El lunes, durante la segunda sesión ordinaria del SNA, Jacqueline Peschard, presidenta del CPC, propuso solicitar al gobierno, la información sobre el costo del software y quiénes lo adquirieron, ante el presunto espionaje que sufrieron periodistas, defensores de derechos humanos y activistas.

No obstante, los cinco titulares de las dependencias que integran el Comité Coordinador rechazaron la propuesta. Los integrantes son los titulares del INAI, de la Secretaría de la Función Pública, de la Auditoría Superior de la Federación, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y del Consejo de la Judicatura Federal.

Los cinco titulares coincidieron en que la autoridad competente para solicitar la información sobre el presunto espionaje y llevar a cabo la investigación correspondiente, sería la Procuraduría General de la República (PGR).

“Si una vez concluida la indagatoria, se determinara que se trata de hechos relacionados con actos de corrupción, entonces el Comité Coordinador contaría con los elementos necesarios para emitir un exhorto y solicitar información a la instancia competente para la aclaración pública de los hechos, como lo establece la Ley General del SNA”, explicó el comisionado del INAI.

Asimismo, Javier Acuña aseguró que el instituto que representa, en el marco de sus competencias y atribuciones, iniciará las investigaciones pertinentes, y en su caso, la verificación oficiosa en contra de las instancias públicas y privadas que resulten involucradas en la recolección y tratamiento de datos personales mediante uso de software malicioso, para determinar lo que en derecho proceda.

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