La queja contra Morena y el senador con licencia Emilio Ulloa Pérez, aspirante a presidente municipal de Nezahualcóyotl, fue turnada al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) consideró
como no procedentes tres quejas por presuntos actos anticipados de campaña en
los municipios de Nezahualcóyotl, Tultepec, Tlalnepantla y Cuautitlán
Izcalli.
Durante la novena sesión pública realizada de manera
virtual, también fue declarado como no procedente la queja en contra del
Partido de la Revolución Democrática por presunta realización de actos
anticipados de precampaña y campaña electoral, así como la emisión de
propaganda partidista irregular derivado de la pinta de bardas en el municipio
de Tultepec.
Pese a que fue acreditado que hay 40 bardas pintadas, señaló
el TEEM, el contenido expresado no está orientado a presentar una plataforma
electoral, posicionar una persona con carácter de candidato a cargo político,
hacer referencia al llamado del voto ciudadano, ni tampoco a hacer alusiones a
la fecha de la jornada o contienda electoral de manera implícita.
La queja fue presentada por Omar Eduardo Ríos Cortés, según
información del expediente PES/4/2021.
Además, el Pleno desechó la queja en contra de Jonás
Nephtali Sandoval Orozco por la presunta realización de actos anticipados
de precampaña y campaña, así como promoción personalizada,
derivado de la difusión del nombre e imagen del denunciado en bardas y
panfletos, ubicadas y distribuidos, respectivamente, en el municipio de
Tlalnepantla.
Las y los magistrados consideraron inexistentes las
violaciones objeto de la denuncia asentada en el expediente PES/7/2021, debido
a que el denunciado no tiene calidad de servidor público, y sus manifestaciones
son al amparo de la libertad de expresión.
En la misma situación quedó la queja contra Luis Daniel
Serrano Palacios asentada en el expediente PES/13/2021, por la presunta
realización de actos anticipados de precampaña y campaña, derivado de la
difusión de propaganda alusiva al denunciado colocada en vinilonas y pinta de
bardas, ubicados en diversos puntos de Cuautitlán Izcalli.
Finalmente, el TEEM turnó la queja existente contra Morena y
el senador con licencia Emilio Ulloa Pérez, aspirante a presidente municipal de
Nezahualcóyotl, a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación y a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional
Electoral, por presuntos actos anticipados de campaña.
De acuerdo con el expediente PSO/13/2021, la queja fue
presentada por Abel Gerardo Salazar González por la presunta promoción
personalizada y actos anticipados de precampaña y/o campaña, así como por la
omisión de colocar el símbolo internacional de reciclaje en su propaganda,
derivado de la colocación y difusión de catorce anuncios espectaculares en el
municipio de Nezahualcóyotl.
Estos anuncios contienen el nombre e imagen de Emilio Ulloa
y el emblema de Morena, en los que se ostenta con la calidad de candidato.
El Pleno del TEEM también aprobó la impugnación contra el
acuerdo IEEM/CG/51/2021, promovida por Alfredo Armenta Torres, quien fue
rechazado por el Consejo Electoral del Estado de México como aspirante a
candidato independiente de Ocuilan para el periodo 2022-2024,
Sin embargo, el TEEM consideró inoperante dicho el amparo
debido a que Armenta Torres no cumplió con la prevención que le fue realizada
dentro del plazo otorgado.
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