Los consejeros analizaron que no pueden determinar qué sí puede decir el Presidente, pues se entrometerían en su libertad de expresión, pero con base a las leyes sí pueden establecer qué expresiones incurrirían en una violación.
El Consejo General del Instituto Nacional
Electoral (INE) votará mañana la lista de declaraciones que el presidente
Andrés Manuel López Obrador no puede realizar en sus conferencias de prensa
durante el proceso electoral, por tratarse de expresiones que podrían incurrir
en delitos electorales y generan inequidad en la contienda.
MILENIO confirmó que los consejeros
tuvieron una reunión en donde debatieron la orden del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que el Consejo General se
pronuncie sobre la tutela inhibitoria que la Comisión de Quejas y Denuncias
interpuso al Presidente de la República, por sus constantes comentarios
sobre los partidos de oposición.
En la reunión, analizaron que no
pueden determinar qué sí puede decir el Presidente, pues se entrometerían en su
libertad de expresión, pero con base a las leyes que regulan el proceso
electoral sí pueden establecer cuáles son las expresiones que incurrirían
en una violación.
Hablar sobre los resultados que implicaría
la votación de los ciudadanos en las urnas como regresar o no al antiguo
régimen o criticar la alianza de la oposición mientras se abstiene de
opinar de las coaliciones que conforma el partido en el que participa, serían
dos de los ejemplos más claros de los comentarios que el Presidente ha
realizado y podrían generar inequidad en la contienda.
Hasta este momento, el Consejo General no
tiene un acuerdo fijo, pues en la reunión de ayer, seis estaban a favor de las
medidas cautelares en contra del Presidente y cinco coincidían con algunos
aspectos y otros no. Por lo que mañana se presentará un proyecto final con
el que esperan lograr un consenso.
El Tribunal Electoral consideró que una
tutela inhibitoria era un concepto novedoso, por lo que solicitó que fuera el
Consejo General el que se pronunciara.
Antes, los consejeros habían aplicado
tutelas preventivas que la Sala Superior revocó.
La diferencia entre una y otra, es
que la tutela preventiva se refiere a un daño del que ya se tiene
evidencia y se corre el riesgo de repetición, por lo que detiene, pero los
magistrados determinaron que no existía evidencia de repetición, por lo que la
decisión del INE se basaba en un futuro incierto.
En esta ocasión, la tutela inhibitoria se
centra en la existencia de una probabilidad de que se llegue a cometer un
ilícito, y se aplica la medida para evitar que éste se concrete o se repita.
Esta decisión, que mañana tomará el INE, no
está relacionada con la suspensión de la transmisión ininterrumpida de las
conferencias diarias de López Obrador, pues se trata de casos distintos.
La sesión de mañana se centrará en los dichos
del Presidente y aquellas expresiones que no puede repetir en sus
conferencias por tener el deber de ser imparcial y no interferir en el
proceso electoral, generando inequidad a favor o en contra de fuerzas políticas
o candidatos.
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