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sábado, 9 de enero de 2021

Diputada de Morena propone plataforma para que telefónicas den datos de geolocalización en caso de delitos

 

La solicitud de la geolocalización por parte de autoridades está justificada cuando peligra la vida de una persona o cuando está en riesgo de ser objeto de un delito.





La diputada Juanita Guerra Mena, del partido Morena, presentó una propuesta con la que se buscaría que concesionarios de telecomunicaciones brinden la localización geográfica en tiempo real de personas si instituciones de seguridad y procuración de justicia así lo solicitan.

La propuesta, publicada en la Gaceta Parlamenta de la Cámara de Diputados el jueves, reformaría diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, entre ellas el artículo 190.

La entrega de la localización geográfica en tiempo real a las autoridades por parte de concesionarios es algo que la ley ya contempla; no obstante, la iniciativa de Guerra explica cómo es que esta debe ser entregada: mediante una plataforma que será responsabilidad de autoridades de seguridad y procuración de justicia.

El artículo 190 está basado en el artículo 189, el cual indica que concesionarios de telecomunicaciones y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos "están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente en los términos que establezcan las leyes".

En tanto, el artículo 190 enlista las obligaciones de los concesionarios de telecomunicaciones en distintos escenarios. En el caso de la fracción III, se destaca que dichas empresas deben entregar datos conservados a las autoridades que así lo requieran, en un plazo máximo de las 24 horas siguientes.

La iniciativa de Guerra Mena propone la adición de lo siguiente:

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

LXX Bis. Ubicación digital del posicionamiento geográfico: Es la ubicación aproximada de un equipo de terminal móvil asociado a una línea telefónica en un determinado espacio de tiempo.

También se agregarían párrafos al artículo 189, los cuales establecerán qué autoridades de seguridad y de procuración de justicia podrán solicitar la geolocalización.

La redacción de la iniciativa señala que dichas autoridades son el fiscal general de la República, los fiscales y procuradores de las entidades federativas y la Guardia Nacional. La policía de investigación de las secretarías de Seguridad Ciudadana o de Seguridad Pública podrían solicitarla mediante el Ministerio Público o el fiscal o procurador correspondiente.

"Cuando las instituciones de seguridad y procuración de justicia consideren justificada la localización geográfica en tiempo real por los concesionarios de telecomunicaciones, ordenarán bajo su más estricta responsabilidad a los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos de los equipos de comunicación móvil asociados, que habiliten el acceso a la policía en funciones de investigación", apunta el texto.

Para este fin, será necesario que instituciones de seguridad y procuración de justicia tengan una plataforma de análisis de información, cuya configuración permitirá que policías en funciones de investigación puedan tener acceso automatizado a los datos. El fin de esta plataforma es que las autoridades puedan "analizar información que sirva para la integración de la investigación, prevención y reacción del delito".

La solicitud de la geolocalización está justificada cuando esté en peligro la integridad física o la vida de una persona, o cuando esté en riesgo de ser objeto de un delito, así como en casos de privación ilegal de la libertad, secuestro, extorsión o delincuencia organizada.

A partir de que los concesionarios brinden el acceso a las autoridades, el Ministerio Público tendrá que informar al Juez de control competente por cualquier medio para garantizar la autenticidad, en un plazo de 48 horas, para que se ratifique parcial o totalmente la subsistencia de la medida, puntualiza el texto.

Esta iniciativa se encuentra disponible en la Gaceta Parlamentaria y todavía tendrá que ser discutida en comisiones de la Cámara de Diputados; en caso de ser aprobada ahí, todavía deberá pasar al Pleno de la Cámara baja para su análisis y discusión.

 

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