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miércoles, 28 de marzo de 2018

Prisión de hasta 9 años a quien cometa delitos electorales

• Fepade exhorta a servidores públicos mexiquenses a abstenerse de cometer delitos electorales al iniciar la veda


Naucalpan, México; La Ley General en Materia de Delitos Electorales sanciona diversas conductas de los servidores públicos que implican una sanción económica y privativa de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años.

La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales hizo un exhorto a los servidores públicos para que no coaccionen o amenacen a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.

Que condicionen la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un partido político.

Si el condicionamiento del programa gubernamental, se realiza utilizando programas de naturaleza social, se aumentará hasta un tercio la pena prevista por el artículo 11 de la legislación.

También causará sanción para los servidores públicos si proporcionan apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato

La Fepade exhorta a la población en general a dirigirse a la agencia del Ministerio Público más cercana a su domicilio con una identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional) para levantar la denuncia lo antes posible para que sea más fácil recordar los detalles de lo ocurrido, porque son importantes para una mejor y pronta investigación.

La denuncia puede ser oral, escrita y telefónica.

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