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jueves, 2 de julio de 2020
Nueva Ley de Derecho de Autor
Con la entrada del T-MEC se hacen más severas las medidas para compartir contenido multimedia con derechos de autor en Internet
Seguramente te enteraste de algún conocido que hizo un video con las canciones o imágenes de la película que le gustaba y, al publicarlo en alguna de sus redes sociales, como YouTube o Facebook (denominados técnicamente como intermediarios de Internet), bloquearon su publicación.
Esto se debe a que las aplicaciones digitales deben respetar las leyes sobre violación de derechos de autor que protege a la industria de contenidos musicales o visuales y a sus creadores para que sus obras no sean empleadas sin permiso.
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Incluso algunas aplicaciones en Internet también bloquean cuentas por usar fotos con derechos de autor, es decir, que la imagen pertenece a alguien diferente a la persona que la compartió.
Ahora con la entrada en vigor del nuevo Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá, conocido como T-MEC, las reglas aprobadas por los diputados y senadores mexicanos para igualar las condiciones en los tres países, harán todavía más severas las medidas a la hora de compartir cualquier material con la nueva Ley de Derecho de Autor de este acuerdo que entró en vigor este miércoles 1 de junio.
Diversas organizaciones no gubernamentales en nuestro país, como R3D o Artículo 19, señalan que esta ley, sobrerregula el derecho a compartir materiales en internet y viola la libertad de expresión, permitiendo que el gobierno intervenga en exceso, en cumplir el respeto al derecho de autor, incluso sostiene que evitaría la reparación o modificación de fábrica de aparatos digitales como celulares.
¿Por qué dicen esto?
Resulta que esta nueva ley, en su Artículo 231, establece que será delito en materia de comercio, las siguientes conductas: “Comunicar, poner a disposición o utilizar públicamente una obra protegida por cualquier medio y cualquier forma sin autorización previa y expresa de su autor...”.
Las sanciones por estas acciones ascienden a 20 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir un millón 737 mil 600 pesos.
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Independientemente de esta multa, a quien comparta contenido sin permiso, las organizaciones no gubernamentales ven un problema que les preocupa para los usuarios comunes, pues la ley exigirá a los intermediarios de Internet que mencionamos anteriormente, a que se baje de la red de inmediato el contenido que comparte el usuario, si un tercero lo exige, con sólo decir que viola sus derechos de autor, incluso sin necesidad de que dé argumentos.
Entonces, si compartes algún material en la red y otro argumenta que violas sus derechos de autor, podrían borrar tu contendido, lo cual puede ser utilizado como un acto de censura, pues aplicaría en caso de memes o videos de parodia.
Además de esta medida, para “proteger” a los productores y autores de contenidos también están otras normas de la ley que prohíben copiar contenidos de discos ópticos como CDs o DVDs, hacer cambios en programas electrónicos e incluso, hasta modificar o reparar tu celular u otro, podría ser considerado como una violación a la ley.
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