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domingo, 11 de junio de 2017

Prostitución: un trabajo lícito



El 31 de enero, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal emitió un fallo histórico en el que reconoció que la prostitución, ejercida libremente por personas mayores de edad, es una forma de trabajo protegida por artículo 5º constitucional: la libertad de todas las personas para dedicarse a la profesión u ocupación que elijan.
En 1940, la Suprema Corte declaró que la prostitución, que se toleraba por ser una “necesidad biológica y social”, no podía equipararse a las actividades lícitas que protegía el entonces artículo 4º constitucional, por lo que no podía contar con la misma protección constitucional que las actividades lícitas. La Corte señaló que se trataba de una actividad ilícita, no categorizada así por la Ley (no se prohíbe en ningún ordenamiento), pero sí por la moral pública.
Lo bueno es que la sentencia del 31 de enero de 2014 rompe con los precedentes judiciales que negaban reconocimiento al trabajo sexual, y es de celebrarse por 3 razones:
1) Reconoce que la prostitución es un servicio personal digno de retribución y de tutela constitucional. Aún no se define específicamente lo que significa “prostitución” (la interpretación vendrá después) pero ya no es ilegal a menos de que se practique en un contexto de explotación y violación de derechos humanos.
2) Reivindica el principio general de derecho que señala que “lo que no está prohibido por la ley, está permitido”. Nota: POR LA LEY. No por la costumbre ni la moral, conceptos poco válidos a estas alturas y cuyo contenido es difícil de definir. De esta manera prevalece el derecho individual a practicar el trabajo que uno desee, por sobre el interés general (que la neta, nadie sabemos cuál es).
3) No solamente declara la inconstitucionalidad del artículo 24, fracción VII, de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, sino que el Tribunal ordenó al Subdirector de Trabajo no Asalariado de la Secretaría de Trabajo y Fomento del Empleo del Gobierno del Distrito Federal realizar acciones concretas a favor de los trabajadores sexuales que intervinieron en este caso, incluyendo la expedición de credenciales de trabajador asalariado, darles a conocer sus derechos, determinar las autoridades que los protegerán de las policías y del Ministerio Público, y ofrecer cursos a quienes quieran dedicarse a otro oficio.
Es verdad que no todo está resuelto ya, pero al menos se trata de el inicio de la construcción de un marco jurídico que ya no deja de lado a los sexoservidores, sino que deja de lado a los tabúes y está dispuesta a evolucionar normativamente y caminar guiado por la estrella polar que denominamos derechos humanos.
Esto significa, que poco a poco, la prostitución saldrá del reino de las tinieblas, y la cultura colectiva irá aceptándola como una forma de trabajo legítima y honrada, lo que a su vez hará de ella una profesión más transparente y dejará ver las necesidades específicas cuya satisfacción será exigida y reglamentada: derecho a la salud, salario mínimo, horarios limitados, entre otros.
Hurra, hurra, hurra.

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