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miércoles, 29 de julio de 2015
Regularizaran taxis privados en el estado de México
La propuesta para regular empresas como: Uber, Cabify y Yaxi por fin llegó al Congreso y contempla crear la figura de Contrato Electrónico de Transporte en el código civil, con el fin de que los ciudadanos puedan obtener, a través de una aplicación electrónica, un servicio de transporte. El proveedor sería el responsable de la protección de la información personal proporcionada por el usuario.
Sin embargo, la tarifa no sería regulada por las autoridades, pues en la iniciativa se señala que no se sujetaría a ninguna regulación administrativa, pero sería obligatorio fijarla en el contrato que también debería incluir origen, destino, tarifa, nombre del usuario y proveedor del servicio. Además, los cobros tendrían que estar visibles en la aplicación electrónica y en la página de internet.
El servicio de transporte privado, según la iniciativa, será: "una aplicación para dispositivos móviles que conecte rápidamente a los conductores con un sector de la sociedad mexiquense que buscan ser trasladados en un vehículo con chofer, con características especiales como son: la utilización de una aplicación electrónica, a través de un contrato de adhesión, con posibilidad de seleccionar el tipo de vehículo, pago con tarjeta de crédito o débito, entre otras".
En el código Administrativo se prevé la propuesta de requisitos que deberán cumplir quienes deseen prestar el servicio, entre ellos: ser persona jurídica colectiva con domicilio legal en el Estado de México, presentar solicitud de registro ante la Secretaría de Finanzas o por medio electrónico, a través del portal de dicha dependencia, acompañar a la solicitud electrónica el padrón de unidades vehiculares y de proveedores. El registro se actualizaría cada mes. También deberían entregar un informe técnico de la aplicación electrónica.
No obstante, la iniciativa advierte que quienes puedan realizar esos contratos no podrán prestar servicios como taxis y quienes no cumplan con los requisitos legales estarían cometiendo un delito en la entidad mexiquense, pues los contratos permitirán desplazamientos preconcertados.
"La calidad de proveedor de transporte no autoriza la prestación del servicio individual o colectivo, ni se asimila a un taxi, solamente podrán celebrar contratos de transporte en términos de la legislación civil, a través de aplicaciones electrónicas.
"La prestación del servicio en sitios, bases lanzaderas o en cualquier otro lugar, incluyendo la vía pública por parte de los proveedores de transporte, sin la vinculación directa a una aplicación electrónica, o sin la calidad de proveedor de transporte, constituye la prestación ilegal del servicio público de transporte de conformidad con lo establecido en el Código Penal del Estado de México", señala la propuesta.
Además, el planteamiento es que para ser proveedor de transporte no se requiere autorizar o registrar vehículos para prestar el servicio, a menos que sea directamente el propietario de la aplicación electrónica y se propone establecer que no se puede limitar a un número de unidades mínimo o máximo, ni se impondrán requisitos de matrículas especiales, cromáticas o elementos de identificación alguno.
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