Al negar el primero de 26 amparos interpuestos contra la evaluación obligatoria, por unanimidad, los ministros de la SCJN aseguraron que está sujeta a garantizar el interés superior del menor a la educación de calidad.
CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno de la Suprema Corte negó este martes, por unanimidad, el primero de 26 amparos que profesores de educación básica presentaron contra la evaluación obligatoria al personal docente para el ingreso, promoción o permanencia.
“La evaluación no viola la constitución, ni es arbitraria, pues está sujeta a una evaluación con miras, siempre, de garantizar el interés superior del menor a la educación de calidad”, dijo el ministro presidente Luis María Aguilar.
Con diversos argumentos, siete distintos a los propuestos por el ministro ponente Fernando Franco, todos los ministros concluyeron los argumentos de violación de derechos que presentaron los quejosos son“infundados”.
Y es que advirtieron que la evaluación docente no vulnera “de ninguna manera” la estabilidad en el empleo como alegaron los quejosos.
Destacaron que dicha evaluación, prevista en los artículos 52, 53, Octavo y Noveno Transitorios de la Ley General del Servicio Profesional Docente, debe analizarse de manera armónica con los artículos 1º, 3º, 4º y 123º de la Constitución, que prevén distintos derechos tanto laborales como a la educación de calidad, y el derecho superior de la infancia.
Explicaron que la posibilidad de la remoción de un profesor está sujeta a una serie de evaluaciones por lo que no se puede decir que se restringe los derechos del personal docente.
“La evaluación no es especialmente gravosa, por el número de oportunidades para presentar la evaluación (tres con lapso de un año entre una y otra, tiempo en el que pueden regularizar sus conocimientos)”, dijo el ministro Arturo Zaldívar.
De acuerdo con Franco González, la evaluación magisterial no transgrede los derechos constitucionales de los maestros a la dignidad, a tener un nivel de vida adecuado, de audiencia previa, o libertad laboral.
Explicó que aunque la estabilidad en el empleo tiene algunas restricciones, éstas son "coherentes con los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por México".
Al final de la sesión, los ministros se enfrascaron en una discusión para determinar si se debía plantear la realización de un estudio de proporcionalidad con la finalidad de delimitar los derechos que se discutieron y aprobaron.
Al final por mayoría de seis votos se aprobó la realización de dicho estudio, el cual se realizaría en la sesión del jueves próximo cuando se reanudará la sesión.
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miércoles, 24 de junio de 2015
Evaluación docente no viola Constitución ni es arbitraria: SCJN
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junio 24, 2015
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