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sábado, 18 de enero de 2020

¿El SAT te reportó al Buró de Crédito? Esto debes hacer

La Prodecon da dos opciones a las que los contribuyentes pueden acceder para aclarar esta situación





México.- Si pensabas que sacar un crédito en una tienda departamental, banco o en otra institución de servicios financieros sería fácil ya que según tú, no tenías deuda con nadie más, y de pronto te topas con que ¡estás en el Buró de Crédito! respira profundo y haz lo siguiente.

Esto pudo suceder porque en algún momento tuviste un retraso y tu calificación ante el Buró de Crédito se vio afectada con un terrible tache de color rojo que te marcó, recuerda bien si no hiciste un pago en quitas con el banco, o retrasaste pagos en una tienda departamental u otras.

Sin embargo nada de lo anterior sucedió y aun así te marca mal el Buró, hay algo que puedes hacer.


La Prodecon indica que el contribuyente tiene la opción de impugnar el adeudo fiscal de dos formas: con el recurso de revocación o por el juicio contencioso administrativo.

El recurso de revocación contemplado en el Código Fiscal de la Federación (CFF) es un medio de control interno de legalidad que tiene el propósito de que la autoridad fiscal revise su propia actuación para determinar si estuvo conforme a derecho, para luego revocar, modificar o confirmar la resolución impugnada, según sea el caso.

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El Juicio Contencioso Administrativo o de nulidad es un medio jurisdiccional mediante el cual el contribuyente no satisfecho por la resolución de algún recurso administrativo o por verse afectado por actos de la autoridad, decretos y acuerdos de carácter general –diversos a los reglamentos–, puede demandar la nulidad del acto, decreto o acuerdo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Todo lo que el contribuyente debe saber ESTÁ AQUÍ no dudes en revisar la defensa que te asiste y por la que puedes optar en casos como estos.

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