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domingo, 19 de enero de 2020
Cómo tramitar mi pensión por la Ley del 97
CIUDAD DE MÉXICO.- A partir del próximo año comenzarán a jubilarse los trabajadores de la llamada “generación AFORE”, es decir, quienes ahorran para su retiro a través de cuentas individuales operadas por las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (AFORE); todo esto de acuerdo con el Régimen de 1997.
Esta modalidad, que aplica para quienes comenzaron a cotizar como trabajadores ante el sistema de seguridad social a partir del 1 de julio de 1997, establece que la pensión que recibas dependerá del saldo acumulado en tu cuenta AFORE.
De acuerdo con la Ley, tienes derecho a recibir una pensión por cesantía, si decides jubilarte a una edad de entre 60 y 64 años, o a hacer el trámite de pensión por vejez, en caso de que decidas trabajar hasta los 65 años y haber dejado de cotizar ante el IMSS o ISSSTE.
Para tener garantizado el acceso a los recursos generados en tu AFORE, debes contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas. Para saber cuántas semanas cotizadas tienes, puedes solicitar tu constancia ante el servicio de seguridad social.
En la Constancia de Semanas Cotizadas podrás obtener la información detallada de tus últimos 5 patrones o solicitar un historial de 1982 a la fecha. Para realizar el trámite, debes entrar a la página del gobierno federal e ingresar tu CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico personal.
También deberás integrar tu Expediente de Identificación del Trabajador, que genera tu AFORE y con el cuál podrás agilizar todos los trámites relacionados con tu cuenta individual, entre ellos la solicitud de pensión.
Este documento contiene tus datos personales y tu firma biométrica, pero también considera los datos de tus beneficiarios, como su ocupación, actividad económica, nivel de estudios y asignar porcentaje a cada uno.
Una vez que cuentas con estos requisitos, y para que no te lleves ninguna sorpresa sobre los recursos que recibirás para cuando decidas dejar de trabajar, puedes realizar una simulación del importe aproximado de tu pensión en la página de trámites digitales del gobierno federal.
El resultado que arrojará no es vinculatorio al trámite de solicitud de pensión, no tiene validez oficial, pero te dará un panorama de los recursos con los que cuentas proporcionando datos como el año en el cual comenzaste a trabajar, tu edad, tu salario mensual y el número de semanas que tienes cotizadas.
Una vez que cuentes con estos requisitos (Constancia de semanas cotizadas y Expediente de Identificación del Trabajador), acércate a la delegación del IMSS o ISSSTE que te corresponde con una identificación, un estado de cuenta de tu AFORE u otro documento que acredite tu registro en una administradora y un estado de cuenta del banco que utilizan en el que indique el número de CLABE de tu cuenta.
Bajo este Régimen de pensión existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar, podrás elegir la que más convenga a tu futuro.
Renta Vitalicia: donde la pensión la paga una aseguradora y te garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida.
Retiro Programado: donde la pensión la paga tu AFORE. El monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que te calculen.
Pensión Mínima Garantizada: donde el Gobierno Federal paga la pensión, que será equivalente a un salario mínimo, actualizado con la inflación cada año.
Si acudes al IMSS o ISSSTE y se te otorga una Negativa de Pensión por no cumplir con alguno de los requisitos, el instituto, a través de este documento, te informará cuáles subcuentas te serán entregadas.
Una parte importante para tu retiro son las aportaciones voluntarias, que se suman a las aportaciones obligatorias, dependiendo de tus objetivos financieros, puede servir para incrementar el monto de tu pensión.
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