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lunes, 14 de octubre de 2019
Senadores aprobarán mañana reforma para la revocación de mandato del ejecutivo
El Senado aprobará mañana la reforma constitucional que permitirá la revocación del mandato del presidente de la República y de los gobernadores, así como la realización de la consulta popular. El dictamen quedó de primera lectura el pasado jueves. El PAN votará en contra como grupo parlamentario, pero el PRI, MC y el PRD apoyan los cambios constitucionales.
La minuta fue modificada, por lo que una vez aprobada en el pleno se regresará a la Cámara de Diputados. En el dictamen aprobado en comisiones se destaca que la revocación de mandato será convocada por el Instituto Nacional Electoral (INE), a petición de los ciudadanos y ciudadanas, con tres por ciento de los inscritos en la lista de electores, siempre y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos 17 entidades federativas y que representen, como mínimo, tres por ciento de la lista nominal de electores de cada estado.
Se precisa que dentro de los 30 días posteriores a que el INE reciba la solicitud, verificará el requisito –que sea solicitada con tres por ciento de ciudadanos inscritos en la lista nominal– y emitirá la convocatoria al proceso para la revocación. En el dictamen aprobado en comisiones se señala que la revocación del mandato se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres primeros meses del cuarto año del periodo constitucional.
Asimismo, se detalla que una vez que se haya sometido a consulta ciudadana la revocación de mandato, y el resultado sea favorable para la destitución del presidente de la República, asumirá inmediatamente el cargo de presidente quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión al momento que haya sido declarada la revocación, y convocará a elecciones extraordinarias, mismas que deberán efectuarse dentro de los 30 días siguientes.
En el caso de la revocación del mandato de los gobernadores, se establece en la reforma que los congresos de los estados deberán legislar al respecto, de conformidad con la Constitución, en un plazo no mayor a un año. Para el caso de la consulta popular, se detalla que ésta podrá ser local, regional o federal y la podrán solicitar los ciudadanos con dos por ciento de las firmas de los inscritos en la lista nominal de electores.
El INE será la instancia que promoverá la participación de los ciudadanos en las consultas populares y la única encargada de su difusión. En el dictamen se apunta que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio o televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre las consultas populares.
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