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jueves, 22 de enero de 2015

En abril, parejas deberán tomar curso para casarse

México.- La plática, de dos horas, será obligatoria y abordarán diversos problemas en el matrimonio; sustituyen la epístola de Melchor Ocampo por votos.

A partir de abril, las parejas que quieran contraer matrimonio en el Distrito Federal deberán tomar un curso prenupcial que impartirá un juez del Registro Civil.

En la Gaceta Oficial se publicó un decreto que obliga a los contrayentes a tomar las pláticas, de dos horas, previas a la celebración del matrimonio y por las cuales recibirán una constancia de cumplimiento, de lo contrario no se podrán casar.

"Es obligatorio que los tomen porque les proporciona un panorama de todos y cada uno de los problemas que pueden surgir dentro del matrimonio y también les ayuda a saber dónde acudir en caso de violencia intrafamiliar; además les aconseja bajo qué régimen pueden casarse", explicó el director del Registro Civil, Héctor Maldonado.

Los cursos prenupciales tocarán temas como la prevención de violencia familiar, salud sexual y reproductiva, planificación familiar, equidad de género, fines del matrimonio y derechos y obligaciones de los cónyuges.

Además, se explica el régimen patrimonial en las capitulaciones matrimoniales.

Para impartir los cursos fueron capacitados los 51 jueces del Registro Civil. Y en próximos meses serán certificados por la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal.

"Los cursos fueron dados por personas especializadas de las diferentes secretarías del gobierno, además una universidad nos va a certificar, es importante que estén avalados por una institución que nos puede dar este avance dentro de las 16 delegaciones", dijo Maldonado.

Además, otro de los requisitos necesarios para contraer matrimonio será la presentación de un certificado para informar si una persona se encuentra inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios y si aparece en la lista no podrá contraer matrimonio.

El Registro Civil tiene una lista de 52 personas inscritas como deudores alimentarios hasta diciembre del año pasado.
Entre las nuevas disposiciones está la posibilidad de que los cónyuges lean sus votos matrimoniales, previo a celebrar el contrato formal. Se trata de un juramente de lealtad, respeto o fidelidad.

Esta lectura sustituye la epístola de Melchor Ocampo que fue eliminada hace dos años. Además, con el decreto se actualiza el marco normativo para expedir las constancias de concubinato.

El 31 de octubre pasado, el Jefe de Gobierno promulgó la reforma al artículo 291 Bis del Código Civil con la que se refuerza la certeza jurídica de parejas en concubinato para ejercer, entre otros, derechos sucesorios o de pensión alimenticia, para lo cual ahora habrán de acudir al Registro Civil a hacer sus declaraciones sobre existencia o cesación de concubinato y cohabitación.

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