El proyecto de Yasmín Esquivel plantea que el objetivo de dar entrada a este tipo de asuntos consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del marco de competencias de dicho órgano.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, determinó que las controversias constitucionales que se presenten en
contra de resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
pueden ser admitidas a trámite.
El proyecto presentado por Yasmín Esquivel Mossa y aprobado
por mayoría de votos, destacó que, si bien por regla general las sentencias del
Tribunal Electoral son definitivas e inatacables en términos del artículo 99
Constitucional, ello no implica que las controversias promovidas en su contra
sean improcedentes.
El planteamiento puntualizó que el objetivo de dar entrada a
este tipo de asuntos consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del
marco de competencias de dicho órgano y que no se trate de cuestiones que
correspondan a otros poderes del Estado.
Este criterio fue tomado en el contexto de una controversia
constitucional presentada por la Cámara de Diputados, que señala que el
Tribunal Electoral excedió sus facultades al inmiscuirse en cuestiones
parlamentarias y ordenarle modificar la integración de la Comisión Permanente
en junio del año pasado.
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