Directorio

Directorio

jueves, 6 de julio de 2023

Sancionará del TEPJF contra 4 encuestadoras que participaron en elección del Edoméx

 


El motivo de la sanción fue incumplir con la metodología legalmente prevista para la publicación de encuestas o muestreos de opinión.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó sanciones contra cuatro empresas encuestadoras que vulneraron las reglas para la difusión de resultados de encuestas en el proceso electoral para la gubernatura del Estado de México.

En sesión pública, por mayoría de votos de los magistrados de la Sala Superior, se confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México que determinó imponer una amonestación pública a las encuestadoras “Electoralia, Datos Eficientes, Decisiones Inteligentes”, “Gobernarte, S.C.”, “Votia Sistema de Información, S.A. de C.V.”, “Demoscopía Digital”.

El motivo de la sanción fue incumplir con la metodología legalmente prevista para la publicación de encuestas o muestreos de opinión.

Por otra parte, la sentencia confirmada por la Sala Superior declaró la inexistencia de la infracción atribuida a Morena, por la reproducción de dichas encuestas en radio y televisión.

La denuncia contra las encuestadoras y Morena fue presentada originalmente por el PRI en el contexto de la elección gubernamental del Estado de México, en que se enfrentaron Alejandra Del Moral contra Delfina Gómez.

En su resolución, el Tribunal local impuso una amonestación pública a las empresas y eximió de responsabilidad a Morena, al considerar que la sola reproducción de los datos no actualizó la falta.

El PRI se inconformó con el deslinde a Morena e impugnó la sentencia del tribunal local ante la Sala Superior del TEPJF.

Sin embargo, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, se confirmó la resolución del tribunal local.

La magistrada Janine Otálora Malassis emitió un voto en contra parcial al considerar que el asunto fue extemporáneo.

Respecto a la responsabilidad de Morena, la resolución determinó que, en el caso concreto, no se le podía pedir verificar si la información que las encuestadoras publicaban era veraz o cumplía con la metodología legal, ya que no le correspondía esa obligación.

“Contrario a lo afirmado, dicho instituto político únicamente realizó meras reproducciones de las publicaciones originales hechas por las encuestadoras denunciadas, por lo que quien tenía que cumplir con la metodología exigida por la ley y responsable, eran dichas personas morales y no ese partido, por lo que resultan ser los sujetos infractores de conformidad con la normatividad aplicable”, se concluyó.

 

No hay comentarios :

Publicar un comentario