Si tienes varias cuentas bancaria a tu nombre y acostumbras a realizar transferencias entre ellas, la autoridad fiscal puede cobrarte impuestos.
Si tienes cuentas en diferentes bancos y sueles hacer transferencias entre ellas, deberás de tener
más cuidado porque podrías tener problemas con el Servicio de Administración
Tributaria (SAT).
De acuerdo con Mauricio Zamudio, especialista en
impuestos, los traspasos electrónicos que se hagan entre cuentas
propias y que esté identificado a través del mismo Registro Federal de
Contribuyentes (RFC), ya sea socio o persona física registrada, no causará
impuestos; sin embargo, hay casos en los que las transferencias entre cuentas
propias pueden confundirse con ingresos.
Por ejemplo, si Hacienda detecta diferencias entre los ingresos que declaras y los
depósitos que percibes, entonces la autoridad fiscal puede presumir que hay
ingresos adicionales por los cuales debas de pagar un impuesto.
En entrevista con TV Azteca, el especialista explicó
que esas diferencias se llaman discrepancias fiscales y consisten en
movimientos que demuestran un incremento en nuestro patrimonio o fuente de
riqueza.
En esos casos, deberás documentar con tu estado bancario que
se trató de un préstamo y no de un ingreso por alguna ganancia; además, deberás
demostrar que estás en orden con tu RFC y la actividad que realizas.
¿Cómo puedo demostrar que se trató de un traspaso entre
cuentas?
De acuerdo con la tesis ‘Traspaso entre cuentas bancarias’, que se aprobó el pasado
23 de abril de 2021, los contribuyentes deben presentar los siguientes
documentos:
Estados de cuenta
Papeles de trabajo
Copia del recibo en donde se especifique el monto y la
cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o
reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su
nombre.
Pero esto no es todo lo que te van a pedir, además, en
algunos casos también deberás de presentar una prueba pericial contable
que demuestre:
El registro de cada operación.
La correspondencia de cantidades entre sus cuentas.
Que no se incrementó su patrimonio
Recuerda que el SAT te puede fiscalizar movimientos hasta con 5 años de antigüedad,
por eso es indispensable que te mantengas al día en cuanto a tu contabilidad.
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