Aunque estos ingresos se consideran ‘extras’, el Servicio de Administración Tributaria cobra impuestos correspondientes a los mismos
México.- Miles de meseros y meseras en México sobreviven mayormente de las propinas recibidas durante sus servicios, y no necesariamente del salario base con el que cuentan.
Aunque estos ingresos se consideran extras, en el Diario Oficial de la Federación se determina que las propinas son consideradas parte del sueldo del empleado y por ende son sujetas a impuestos.
También lo señala la Ley Federal del Trabajo, las propinas en establecimientos tanto de la rama restaurantera, como hotelera y casas de asistencias, son parte del salario.
“Por lo anterior, las propinas antes referidas que les sean concedidas a los trabajadores deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador, en los términos del artículo 96 de la Ley del ISR”, indica el DOF.
Es por ello que el SAT cobra la parte que corresponde de las propinas percibidas a los meseros(as) mexicanos(as) a manera de impuesto sobre la renta (ISR).
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