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miércoles, 3 de julio de 2019

Alcaldes solicitan extinción de dominio a obras donde se violen sellos de clausura


Piden extinción de dominio a obras donde se violen sellos de clausura
En la alcaldía Miguel Hidalgo las construcciones de Tennyson 338, Lafontaine 130, Cicerón 504, trabajan pese a los sellos



La alcaldesa de Álvaro Obregón, Layda Sansores, y el de Miguel Hidalgo, Víctor Hugo Romo, presentaron una iniciativa ante el Congreso para reformar la Ley de Desarrollo Urbano, el Código Penal local y la Ley de Extinción de Dominio con el objetivo de endurecer las penas para los responsables de desarrollos inmobiliarios que quebranten sellos.
Y es que en ambas demarcaciones se ha detectado que las empresas han quebrantado sellos para continuar trabajos de construcción, ignorando así órdenes de suspensión o clausura, en entre el 25 y 30 por ciento de las obras que actualmente tienen suspendidas ambas administraciones, las cuales ascienden a 171 en Álvaro Obregón y 70 en Miguel Hidalgo.
Romo Guerra refirió que las empresas desarrolladoras se valen de todo tipo de métodos para poder quebrantar sellos o trabajar sin necesariamente violarlos: intimidan a personal del INVEA durante las verificaciones, los grafitean, les echan ácido o tapian la obra para dificultar que se puedan observar los trabajos dentro.
Es por ello que en la iniciativa que entregaron al presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Jesús Martín del Campo, plantean incluir en la Ley de Desarrollo Urbano un artículo que establece que “al que quebrante los sellos de suspensión o clausura, le será impuesta una sanción y pena conforme al artículo 286 del Código Penal para el Distrito Federal”.
Se propone la modificación para aumentar las penas, que serían de cinco a 12 años de prisión y mil a dos mil días multa y se incluye en los responsables al poseedor, ocupante o empleado de la construcción de obra o inmueble del que se trate, además del responsable de obra propietario, como ya se establece hoy en día.
“En el caso de quebrantamiento de sellos de anuncios, la extinción de dominio procederá sobre el inmueble en el que se encuentre instalado o soportado dicho anuncio”, se añade en la propuesta.

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