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martes, 30 de octubre de 2018

Cancelación de facturas con 'permiso' del receptor entrará en vigor en noviembre

Este nuevo procesos de cancelación de facturas entrará en vigor, sin prórroga y de manera definitiva, el 1 de noviembre de 2018.


"Los nuevos servicios requeridos para la cancelación de facturas estarán a disposición de los contribuyentes en el portal de internet del SAT el 1 de noviembre. A la fecha el 100 por ciento de los proveedores de certificación ya están habilitados para operar el nuevo esquema", expuso la dependencia.

El SAT también dijo que no habrá prórroga adicional para que el nuevo nuevo proceso de cancelación de facturas comience a operar: "No se tiene previsto una prórroga adicional en la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación de facturas".

El Código Fiscal de la Federación prevé que las facturas sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación, con lo que se garantiza el derecho del receptor de enterarse de la petición de cancelación y poder aceptarla o rechazarla.

"Se detectó que algunos contribuyentes emisores de comprobantes los cancelaban injustificadamente de manera unilateral, sin importar que estos ya estuvieran pagados y la operación que soportaban se hubiera realizado efectivamente", señaló el SAT.

Para implementar este procedimiento de cancelaciones, considerando los avances de los desarrollos tecnológicos, el SAT ya ha dado facilidades que han prorrogado su entrada en vigor, por lo que en definitiva este iniciará el 1 de noviembre de 2018.

El 15 de agosto de 2018, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó prorrogar la entrada en vigor de dicha disposición al 1 de enero de 2019, ya que los sistemas implementados en las empresas aún no están listos. Sin embargo, la autoridad rechazó la petición.

En esa misma fecha, el SAT anunció que los nuevos servicios requeridos para la cancelación de facturas estarían disponibles en el portal de internet el 1 de septiembre.

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