El proyecto de ley --que eventualmente se discutirá y votará en la sesión de hoy en el pleno de la Cámara alta—plantea sanciones que van de 20 hasta 90 años de cárcel a quien comenta este delito.
CIUDAD DE MÉXICO.- Las comisiones unidas de Gobernación, Justicia y Derechos Humanos del Senado de la República aprobaron el dictamen que crea la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares.
El proyecto de ley --que eventualmente se discutirá y votará en la sesión de hoy en el pleno de la Cámara alta—plantea sanciones que van de 20 hasta 90 años de cárcel a quien comenta este delito.
También establece que la desaparición forzada será un delito continuado y no prescribirá aun cuando se trate de desapariciones cometidas en el pasado.
La legislación, primera de este tipo en México, establece además tres registros nacionales: el Registro Nacional de Fosas, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y el Registro Nacional de Personas Fallecidas, No identificadas y No Reclamadas.
Además, crea la Comisión Nacional de Búsqueda como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, así como el Programa Nacional de Búsqueda de Personas y el Programa Nacional de Exhumaciones.
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