El TEEM también se amonestó a la candidata de la coalición "Va por el Estado de México" por la omisión en la asistencia de servidores públicos en actos proselitistas
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) amonestó a Alejandra
del Moral Vela y al Partido Acción Nacional (PAN) por colocar propaganda
electoral en espacios prohibidos -equipamiento carretero-, en Naucalpan.
Así se dio a conocer en la Sesión Pública 19 del TEEM, donde
se atendió el proceso especial sancionador número 194 de 2023, promovido por el
partido Morena.
El TEEM resolvió la existencia de la infracción, ya que se
acreditó que la propaganda electoral estaba colocada en tres muros de
contención de la vía pública del citado municipio, por lo que se amonesta
públicamente a ambos actores involucrados.
Asimismo, por el procedimiento especial sancionador 84,
remitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación del juicio mil 210 de 2023, sobre la asistencia de presidentes
municipales a eventos proselitistas de Del Moral Vela, el TEEM determinó la
existencia de las declaraciones denunciadas.
Presidentes municipales asistieron a un evento de precampaña
de Alejandra del Moral Vela, mismo que se difundió en la red social Facebook,
por lo que se infringe el marco jurídico sobre mantenerse ajenos a eventos
proselitistas.
El TEEM determinó que se genera una persuasión y se
sustentan los recursos públicos que tienen a su cargo, ejercidos a favor de una
candidata a la gubernatura mexiquense.
Asimismo, se amonestó públicamente al Partido Revolucionario
Institucional (PRI) por la responsabilidad ante la falta de debido cuidado, por
lo que la Contraloría del Poder Legislativo sancionará a los involucrados.
En este sentido, con respecto al proceso especial
sancionador número 196 de este año, donde se denuncia a Valentín Martínez
Castillo, presidente municipal de Ozumba, por la presunta vulneración en los
principios de neutralidad, imparcialidad en la contienda y el uso indebido de
usos públicos, se determinó como procedente.
A su vez, esta denuncia se hizo en contra de Morena por la
omisión, y en contra de Carlos Cortés Amaro en su carácter de secretario del
Ayuntamiento del municipio antes mencionado.
EL TEEM acreditó la presencia de ambos personajes, por su
asistencia a los actos de campaña en un día hábil, de la candidata Delfina
Gómez Álvarez, en un día hábil.
Sin embargo, esta sanción solo aplica para el presidente
municipal, pues el secretario asistió como parte del protocolo de protección
civil, y debe de atenderse como principio de inocencia.
Otras resoluciones afirmativas
Con respecto del juicio ciudadano número 44, promovido por
la novena regidora de Toluca, Marite del Río Domínguez, contra el presidente
municipal y del Ayuntamiento de Toluca sobre un adeudo en el pago de
prestaciones de ley de 2021, el TEEM determinó que el agravio es fundado, la
segunda quincena de noviembre, la segunda parte del aguinaldo y la prima
vacacional de 2021.
Por lo que ordenó al presidente municipal de Toluca liquidar
estos adeudos.
Resoluciones improcedentes
Con respecto al uso de recurso público por utilizar la
palabra valiente y valientes en la entrega del programa estatal "Salario
Rosa", cuando Alejandra del Moral Vela era secretaría de Desarrollo
Social, no se observa el uso legal de beneficio para la presunta infractora.
Este es fundado en el procedimiento especial sancionador
número 184, instado por Morena, por el presunto uso de programas sociales y la
transgresión de éstos sociales de la candidata de coalición "Va por el
Estado de México".
Respaldado en un spot de radio que implican coacción y
presión del voto a favor de Alejandra del Moral por los programas sociales
existentes en la administración pública estatal.
Sin embargo, el TEEM determinó inexistente dicha sanción,
pues el promocional no se traduce en el uso indebido del programa, pues es
propaganda electoral de campaña ya que se trata de grabaciones que se pueden
difundir.
Dicho mensaje difundido se traduce en propuestas de gobierno
en dado caso de que se obtenga el triunfo, pues no se amenaza y violenta a la
ciudadanía, y se promociona que se reforzaría un programa social existente.
En el proceso especial sancionador número 72, en contra de
Morena por la presunta realización de llamadas telefónicas la madrugada del 6
de febrero desde los números del Ayuntamiento de Texcoco, a los habitantes de
este municipio, con propaganda electoral de Morena y de su entonces,
precandidata Delfina Gómez Álvarez, el TEEM determinó que, desde su óptica, no
dejó una visión negativa en la contienda y coacción al voto.
Por lo que desechó esta reclamación debido a que el
contenido de las llamadas no se trata de fines electorales, ni reforzar una
imagen negativa contra la candidata.
Por último, con lo que respecta al procedimiento especial sancionar
número 197, promovido por el PRI y del PAN en contra Claudio Enrique Valencia
Moreno, Roberto Crotes Mendoza, Jesús Miranda Espadas y Delfina Gómez Álvarez,
así como en contra de Morena, por la violación al artículo 134 constitucional y
a los principios de neutralidad, parcialidad, equidad en la contienda y uso de
recursos, por la presunta entrega de despensas a pobladores de Acolman, el TEEM
declaró la inexistencia de esta petición, por no poder acreditar la entrega de
eso en lugar y fecha, priorizando la presunción de inocencia.
En esta Sesión Pública No. 19 del TEEM se trataron dos
juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano
local, tres recursos de apelación y 18 procedimientos especiales sancionadores.
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