Senado aprueba el registro de obligaciones alimentarias que hará público los nombres de deudores
Por unanimidad de 84 votos el Pleno del Senado Aprobó crear
el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que entre otras cosas
hará públicos los nombres de los deudores morosos, establece que no
podrán salir del país, sacar licencia de conducir o hacer trámites si deben
pensión de sus hijos, la resolución se turnará al Ejecutivo para su publicación
en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Los senadores hicieron reformas a la Ley General de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para crear así el Registro Nacional de
Obligaciones Alimentarias que presione a los tutores a cumplir con la
pensión de sus hijos abandonados, esto, a partir de una deuda de 90 días.
Luego de varios años de permanecer congelada la
minuta, el dictamen llegó al Senado de la República en abril 2019, tras
ser aprobado en la Cámara de Diputados, y la Comisión de Justicia de la Cámara
Alta resolvió finalmente pasarla al Pleno para discusión y posible
aprobación.
Con la votación unánime, se creará el Registro Nacional
de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información
de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dotar de una
efectiva protección y restitución de los derechos de las niñas, niños y
adolescentes.
Entre las obligaciones estará que las autoridades de los
tres órdenes de gobierno dispondrán lo necesario a fin de establecer como
requisito la presentación de certificado de no inscripción en el Registro
Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones.
Entre otras cosas, se negará a los deudores la obtención
de licencias y permisos para conducir, pasaporte o documento de identidad
y viaje; para participar como candidatos a cargos concejiles y de elección
popular, así como participar en procesos de selección para asumir el cargo de
juez o magistrado en el ámbito local y federal.
También, en los trámites realizados ante notario público
relativos a la compraventa de inmuebles y la constitución o transmisión de
derechos reales, así como para solicitudes de matrimonio en donde el
juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra
en el Registro y la situación que guarda respecto a sus obligaciones, así
también habrá restricciones migratorias.
Esto, con el objetivo de impedir que las personas inscritas
en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias puedan salir del país
cuando sean deudoras morosas o existan medios de prueba que le
permitan a la persona juzgadora determinar la existencia de un riesgo
importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión
de pago.
Esta ley garantizará los derechos de niñas, niños y
adolescentes en materia de pensión alimenticia, y por tanto, ello incide
en ámbitos como la salud, educación, recreación y formación.
El dictamen menciona que por primera vez en la historia,
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró
constitucional la prohibición para que los deudores alimentarios morosos puedan
postularse a cargos de elección popular en el estado de Yucatán, mejor conocida
como "Ley Sabina”, restricción la cual determinó la Corte que "no es
absoluta", sino que "su actualización está condicionada a que el
deudor alimentario moroso cancele la deuda".
El dictamen en cuestión propone un cambio normativo y
sustancial, teniendo como último y primordial interés, el de proteger y
garantizar el derecho a los alimentos de un grupo estratégico de la población,
como es el infantil y juvenil.
“En atención a su peculiar característica y naturaleza
propia, lo que es conforme con las obligaciones y compromisos internacionales
que ha asumido el Estado Mexicano, en materia de protección de las niñas, niños
y adolescentes”.
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