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domingo, 18 de agosto de 2019

Incertidumbre en taxistas por multas de tránsito


El nuevo Reglamento de Tránsito del estado establece, entre otras cosas, decender el pasaje solo en paradas autorizadas; sin embargo no existen señalamientos adecuados, señalan los transportistas

Agrupaciones de taxis tienen incertidumbre y temor por ser sancionados con el nuevo Reglamento de Tránsito del estado, pues los agentes aplican -según ellos- las multas por cualquier falta, aunque no sea evidente.
Osvaldo Martínez, Presidente de Agrupaciones Unidas del Estado de México (Atuem), comentó que faltas como no descender al pasaje en paradas autorizadas son de las más recurrentes; "sin embargo hace falta que se nos informe bien cuáles son las paradas autorizadas para así decirle a los pasajeros que sólo ahí se pueden bajar": dijo el líder taxista.


Otras faltas como los tiempos determinados parados en un carril, también genera confusión, pues en ocasiones las unidades se detienen por el tráfico vial y por la demora del descenso en los pasajeros.

"En el caso del tiempo que debe permanecer uno detenido en un semáforo o un carril nosotros como taxistas sabemos que hay un límite pero a veces no es cuestión de nosotros sino de los pasajeros y del tráfico": mencionó Osvaldo Martínez.

Toman medidas

Tras la publicación del nuevo Reglamento de Tránsito, algunas líneas de transporte urbano como Red de Transporte Público han empezado a colocar oficios en sus unidades para informar a los usuarios sobre la restricción de hacer ascensos y descensos en lugar no permitidos para evitar multas.

"Estimado usuario, a partir de ahora solo se podrá descender en las paradas autorizadas por Tránsito, por su comprensión, gracias": colocó la línea RedTP en sus unidades a partir de esta semana.

Multas

El viernes 19 de julio en el Periódico Oficial se publicó la Gaceta que establece modificaciones al Reglamento, con lo cual se elevan las multas para el sector transportista.



Actualizan multas de tránsito en Edomex

De acuerdo con el documento, los choferes que bajen o suban pasaje en lugares prohibidos, se harán acreedores a multas de 80 a 130 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a pagar de seis mil 759.20 pesos hasta 10 mil 983.70 pesos, según lo que establece el artículo 90 de la fracción 9.

En el anterior Reglamento por la misma falta, la infracción era por 40 Unidades de Medida de Actualización, equivalente a unos 3 mil 300 pesos.

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