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viernes, 21 de agosto de 2015

Necesario capacitación a conductores sobre nuevas reglas de tránsito del DF



Las medidas que contempla el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, el cual entrará en vigor a principios de diciembre de este año, deben ser conocidas por todos, pues la movilidad en ese territorio y el Estado de México es tema cotidiano para un gran cantidad de mexiquenses que trabajan, hacen negocios, estudian y visitan con regularidad la capital del país, pues podrían hacerse acreedores a una sanción por dar una vuelta en "U" o hacer continua a la derecha.

De esta manera, el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal cuenta con 70 artículos contenidos en seis títulos y cinco artículos transitorios, en los que se establecen disposiciones generales, normas de circulación, uso de la vía pública, normas de seguridad para la conducción de vehículos, regulación, inspección, vigilancia y sanciones legales y medios de impugnación.

El documento contempla la seguridad vial como un derecho, en virtud de lo cual las autoridades están obligadas a otorgar las condiciones necesarias para garantizar la protección de la vida, y retoma la llamada "pirámide de movilidad", incluida en la ley del mismo nombre, por lo que el peatón y el ciclista se consideran los primeros usuarios, además, destaca el uso racional del automóvil como medio para mejorar la salud y el ambiente.

Una de las novedades es el sistema de puntos vinculados con la licencia de conducir, el cual permite reducir uno, tres y hasta seis puntos a los infractores, dependiendo de la falta. Los puntos son acumulables durante un año y se restituyen al término de este periodo. En caso de sumar 12, la licencia será cancelada y sólo podrá solicitarse después de tres años.



Obligaciones para los peatones: Obedecer las indicaciones del personal de vialidad y la señalización; dar preferencia y asistencia a personas con discapacidad o con movilidad limitada; quienes utilicen vehículos recreativos, como patines, triciclos, etc., deberán conservar una velocidad máxima de 10 km por hora, además de evitar riesgos a los demás usuarios de la vía y evitar sujetarse a vehículos, motorizados o no.

Del mismo modo, antes de cruzar una vía, cerciorarse que los vehículos tienen la posibilidad de frenar para cederles el paso; ceder el paso a vehículos de emergencia; cruzar por las esquinas o cruces peatonales en las vías primarias y vías secundarias con más de dos carriles efectivos de circulación; utilizar los pasos peatonales a desnivel ubicados en vías de acceso controlado, pues podrán ser amonestados verbalmente por los agentes.



Los ciclistas tienen el derecho a: Ocupar todo el carril de extrema derecha para circular cuando no exista ciclovía y la obligación para seguir el flujo vehicular sin invadir los espacios peatonales. Los ciclistas pueden ser sancionados con una multa de 11 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (UCCM) o con arresto administrativo de 13 a 24 horas, cuando embistan a un peatón, aunque no le provoque lesiones si el agraviado así lo solicita.



Los motociclistas: Se harán acreedores a las sanciones más elevadas por circular en banquetas y ciclovías, lo cual se traducirá en multas de 30 a 40 veces la UCCM.



Para los vehículos motorizados: El Reglamento de Tránsito del Distrito Federal contempla nuevos límites de velocidad en las vialidades con reducciones de 70 a 50 kilómetros por hora (Km/h) en vialidades primarias, en las de acceso controlado, como Periférico, Circuito Interior y Viaducto, se podrá circular a 80 Km/h; mientras en estacionamientos el límite será de 10 Km/h.

Las sanciones por superar los límites de velocidad irán de 699 pesos a mil 399 pesos para vehículos particulares, en tanto para el transporte público y de carga las multas pueden incrementarse hasta dos mil 98 pesos si rebasan los límites en zonas de tránsito moderado, como hospitales, asilos y escuelas.

El uso de celulares o dispositivos móviles mientras se maneja está penado en el artículo 40, y fija una multa que va de 20 a 30 veces la UCCM, es decir, de mil 399 pesos a dos mil 98 pesos, y también se sancionará el uso indiscriminado del claxon y el ruido excesivo con el motor; es importante resaltar que se eliminan las vueltas continuas a la derecha e izquierda y quedan prohibidas las vueltas en "U".

Invadir el carril del Metrobús conlleva multas de dos mil 98 pesos a dos mil 798 pesos, más el retiro de seis puntos de la licencia. De la misma forma, el arrastre del vehículo puede darse con el conductor a bordo, si éste se niega a ser presentado ante el Ministerio Público.



Para el transporte público: Deberán circular exclusivamente por el carril de extrema derecha y compartir este espacio de la vía con ciclistas, además que tendrán prohibido conducir por carriles centrales de vías controladas, bajo multas de hasta dos798 pesos; mientras que subir o bajar pasaje en el segundo o tercer carril o sobre una ciclovía se sancionará con multa de hasta 200 veces la UCCM, equivalente a 13 mil 990 pesos.

El reglamento es más estricto para conductores que transporten materiales o sustancias peligrosas sin permiso para ello, quienes se harán acreedores a sanciones van de cinco a mil veces la UCCM, la cual equivale 70.10 pesos, es decir, las infracciones oscilan entre los 349 pesos a 69 mil 950 pesos.(E)

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