El juzgador consideró que los recursos fueron presentados antes de tiempo
Un juez federal desechó más de 50 demandas de
amparo contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
(PANAUT).
El juez Primero de Distrito en materia Administrativa,
especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones
desechó por notoriamente improcedentes 53 demandas de amparo al considerar
que fueron presentados antes de tiempo.
“La ley tiene una
peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a que este
juzgador deba considerar que durante el mismo, se está ante una norma
heteroaplicativa”, señaló.
Este tipo de normas, heteroaplicativas, únicamente afectan a
la persona cuando las autoridades ejercen algún acto para aplicarlas después de
su entrada en vigor, es decir, que no causan un perjuicio de manera automática.
La ley prevé que en este tipo de leyes únicamente se puede
promover amparo cuando la autoridad realiza esos actos de aplicación porque es
hasta ese momento que se considera que ya se está ante una posible violación de
los derechos humanos del ciudadano.
De la Peza señaló que el PANAUT no entrará en operación
hasta que el Instituto Federal de Telecomunicaciones expida las disposiciones
administrativas, por lo que los datos de los usuarios todavía no son
susceptibles de ser recopilados en dicho padrón.
“Los concesionarios
enfrentan en este momento una imposibilidad jurídica para recabar esos
datos de sus clientes, pues para ello, deben utilizar medios digitales y
medios remotos, que garanticen la veracidad e integridad de la información,
conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que llegue a
emitir el IFT, pero que todavía no existen", agregó.
"Hasta en tanto el IFT emita las disposiciones
administrativas para la debida operación del PANAUT, los concesionarios no
podrán recabar los datos de los usuarios, y por consiguiente, será hasta
entonces que pueda hacerse efectivo el deber del usuario para proporcionar sus
datos al concesionario, para que éste posteriormente, pueda registrar la línea
móvil en el PANAUT".
Los quejosos pueden impugnar la decisión de De la Peza
mediante recursos de queja que deberán resolver los tribunales colegiados en
la materia.
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