Beneficiará a procesados y sentenciados por delitos no graves y casos especiales de delitos graves
El pleno de la Legislatura mexiquense aprobó la Ley de
Amnistía del Estado de México para delitos no graves como: aborto,
ilícitos contra la salud del fuero común, los cometidos por personas pobres, de
extrema vulnerabilidad, indígenas o afromexicanos y campesinos en la defensa
legítima de su tierra.
También aplicará para el robo simple y sin violencia, y con
violencia cuando no cause lesiones, muerte o no se hayan usado armas de fuego;
así como a mujeres acusadas o sentenciadas por exceso de legítima defensa, a
mayores de 65 años con enfermedades graves, crónico - degenerativas, acusadas o
sentenciadas por exceso de legítima defensa.
Otros beneficiados serán quienes hayan cometido delito de
sedición o apología de él, resistencia, encubrimiento por receptación, delitos
contra el ambiente, previa reparación del daño; abigeato, delitos culposos
cuando se pague o garantice la reparación del daño y a quienes están privados
de su libertad y tengan una resolución, pronunciamiento, o recomendación de
organismos internacionales.
La ley, de solo 20 artículos, fue aprobada por mayoría
de votos, con el rechazó del PAN y precisa que no se otorgará amnistía cuando
se trate de delitos que atenten contra la vida, la libertad, la integridad
personal, salvo las excepciones previstas en la ley.
También se plantea que el Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial mexiquense emitirá acuerdos para normar el procedimiento, fijando
plazos para sustanciar las solicitudes.
Max Correa Hernández, uno de los autores de la iniciativa,
explicó que la amnistía beneficiará a las personas más vulnerables, no aplicará
a reincidentes y se protege a las víctimas. Anunció la necesidad de revisar el
marco legal para evitar violaciones a derechos humanos.
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