El pasado fin de semana el gobierno mexiquense anunció que todos los comercios no esenciales deberán cerrar a las 5 de la tarde
Las denominadas “tienditas de la esquina” o
misceláneas son considerados establecimientos esenciales, motivo por el cual
sus horarios de funcionamiento siguen siendo los establecidos en el “Acuerdo
por el que se establece el Plan para el Regreso Seguro a las Actividades
Económicas, Sociales, Gubernamentales y Educativas con motivo del virus
SARS-CoV2 (Covid-19), en el Estado de México”, publicado en la Gaceta del
Gobierno del 3 de julio de este año.
El viernes 11 de diciembre el gobernador
mexiquense, Alfredo del Mazo Maza, dio a conocer cambios en los horarios de
funcionamiento de actividades no esenciales, debido al creciente número de
contagios de Covid-19.
De acuerdo con lo establecido en la Gaceta
de Gobierno de ese mismo día, las tiendas departamentales, los centros y plazas
comerciales, museos, cines y teatros, el comercio al por mayor y al por menor y
los locales de actividades no esenciales, deben cerrar a las 17:00 horas a
partir de este 14 de diciembre.
El nuevo horario también debe ser acatado
por locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros,
gimnasios, clubes, establecimientos destinados a la práctica de actividades
físicas o deportivas, balnearios, albercas públicas, baños públicos,
vapores y spas, así como salones de belleza, peluquerías, barberías y
similares.
Además de espacios públicos, parques,
zoológicos, áreas naturales, actividades acuáticas y campos deportivos, así
como todas las actividades físicas y recreativas al aire libre.
En el caso de restaurantes y unidades
económicas cuya actividad sea la venta de alimentos preparados y/o bebidas
alcohólicas y no alcohólicas, para su consumo en los propios establecimientos,
también deben cerrar a las 17:00 horas, pero de seguir abiertos, sólo podrán
vender alimentos en la modalidad para llevar o con entrega a domicilio.
Tras el aviso del gobernador, los
establecimientos considerados como esenciales podrán operar en el horario
normal, respetando el aforo permitido del 30 por ciento.
Estos establecimientos son farmacias,
tiendas de autoservicio, de conveniencia y análogas.
Según lo establecido en la Gaceta de
Gobierno del 22 de mayo, las actividades esenciales son la rama médica en todas
sus especialidades, el sector farmacéutico y químico tanto en su producción
como en su distribución y venta; la manufactura, mantenimiento y reparación de
insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud, así como
los involucrados en la adecuada disposición de los residuos peligrosos
biológicos-infecciosos (RPBI).
Además de la limpieza y sanitización de las
unidades médicas en los diferentes niveles de atención y otras instalaciones
vinculadas directamente con la prestación de servicios de salud, al igual que
las involucradas en la seguridad pública, la procuración e impartición de
justicia, la atención a víctimas y búsqueda de personas, entre otras.
Cabe recordar que ante el creciente número
de contagios de Covid-19, la Secretaría General de Gobierno hizo un llamado a
los alcaldes municipales del territorio mexiquense para que adopten los
acuerdos emitidos recientemente por el titular del Ejecutivo estatal.
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