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domingo, 19 de julio de 2020

Exrector de la UAEM, responsable del desvío de 239.6 mdp como parte de la Estafa Maestra



El exrector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos puede impugnar mediante amparo directo ante un tribunal colegiado, luego de ser declarada su responsabilidad resarcitoria.





La sala superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió la responsabilidad resarcitoria contra Alejandro Vera Jiménez, exrector de la UAEM, por el desvío de 239.6 millones de pesos de recursos de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) a través del programa ‘México Sin Hambre’, fincada en enero de 2019 por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

En sesión virtual, la magistrada de la sala superior, Zulema Mosri, responsable de la sentencia del TFJA, detalló que la extinta Sedesol dio por cumplidos desde el 15 de noviembre de 2013 los compromisos adquiridos por la casa de estudios mediante un convenio firmado el 6 de mayo de ese año con el entonces rector Vera.

El 7 de diciembre la universidad licitó la contratación de los servicios de apoyo técnico para la Cruzada contra el Hambre, y el 18 de diciembre adjudicó a la empresa Evyena Servicios, S.A. de C.V. con recursos asignados por la dependencia federal en 2013, que en ese entonces dirigía Rosario Robles, quien hoy se encuentra presa.

El 85 por ciento de ese recurso federal fue enviado a la empresa mencionada, pero durante las auditorías de la ASF nunca se localizó su domicilio fiscal.

El 7 de diciembre de 2013, se firmó el contrato por 203. 6 millones de pesos y se transfirió el dinero; sin embargo, nunca se localizó el domicilio fiscal de esta particular, que se había registrado en el contrato con la institución educativa y en el acta constitutiva, que indicaba una dirección en el domicilio San Pedro Garza García.

Así como tampoco en la factura presentada a la UAEM, ubicada en Monterrey, por lo que se requirió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) información del domicilio fiscal, el cual aparece en una dirección inexistente en la delegación Tlalpan de la Ciudad de México.

Asimismo, detalló que Vera Jiménez incurrió en responsabilidad resarcitoria porque, en el convenio con Sedesol, afirmó que la institución tenía capacidad técnica, material y humana para brindar los servicios que requería el programa, lo que no fue cierto, pues Vera Jiménez subcontrató una empresa privada para ello.

Aunque el convenio con Sedesol no permitiría ningún tipo de subcontratación, aun así el 85 por ciento del dinero fue enviado a Evyena, misma que después lo transfirió a otras empresas.

“La firma del convenio y el apéndice de 6 de mayo de 2013 son las causas eficientes del daño sin ellos no se hubiera materializado el desvío de recursos públicos federales a través de operaciones inexistentes”, aseveró la magistrada.

Por último, se informó que el académico puede impugnar mediante amparo directo ante un tribunal colegiado. Por tanto, de ser confirmada, la responsabilidad resarcitoria se convertirá en un crédito fiscal ejecutable por el SAT.

En octubre de 2019, Vera Jiménez se amparó contra una orden de aprehensión girada en su contra por supuestos desvíos de recursos de programas federales, específicamente por el tema de la Estafa Maestra.

Con base en el expediente 1763/2019 del Juzgado Noveno de Distrito con sede en Cuernavaca, Alejandro Vera logró obtener la suspensión provisional para actos del Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México.

Asimismo, Vera Jiménez y su esposa, Maria Elena Ávila Guerrero, son investigados por la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, en Morelos, por presunto enriquecimiento ilícito, ello derivó a estar detenido en 2018, pero después fue puesto en libertad.

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