Directorio

Directorio

jueves, 13 de febrero de 2020

Pensión por incapacidad permanente ¿Quién puede solicitarla?


Es importante que sepas que la incapacidad no solo aplica por accidente, hay otros motivos por los cuales puedes solicitarla

México.- Muchos asegurados tienen la idea errónea que la incapacidad permanente solo aplica por condiciones de accidentes en el trabajo, y desconocen que hay otros motivos en los cuales aplica.
El Instituto Mexicano del Seguro Social indica que todo aquel asegurado que sufre un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo que implique la disminución de sus facultades o aptitudes para trabajar (incapacidad parcial) o la pérdida de sus facultades o aptitudes que lo imposibilite para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida (incapacidad total) puede solicitarla.
El derecho al goce de la pensión de Incapacidad Permanente Parcial o Total se da al cumplir los siguientes requisitos:
• Estar vigente en sus derechos.
• Que la incapacidad para el trabajo sea dictaminada por los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.
La pensión puede ser provisional por un período hasta de 2 años, o definitiva, según lo indique el dictamen médico.
Para iniciar el trámite, la persona afectada o un familiar directo puede acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana.
¿Qué documentación se requiere?
Para conocer los documentos que requieres para realizar el trámite INGRESA AL SITIO DEL IMSS en el apartado de SOLICITUD POR INCAPACIDAD PERMANENTE.
De esta forma puedes ejercer tu derecho a una incapacidad parcial o permanente ante el IMSS.

No hay comentarios :

Publicar un comentario