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domingo, 6 de enero de 2019

No más agresiones impositivas a los tecamaquenses: Mariela Gutiérrez Escalante


* Logra hacerlo en la Primer Sesión de Cabildo por mayoría.
* Afectaba la economía y el desarrollo de los pequeños, micro y medianos empresarios.
* Se aplicaban de manera ilegal en contravención del Código Financiero.


Por: Santos Rosales Enciso
Colaboración especial para MEXIQUENSE$


TECÁMAC, EDOMEX.- El nuevo gobierno municipal encabezado por Mariela Gutiérrez Escalante, suprime pagos por servicios que deben ser gratuitos y modifica también cobros excesivos para otros de bajo costo.
Durante la instalación de la Primera Sesión de Cabildo del Ayuntamiento 2019-2021, fueron revocados los artículos 64 al 67 fueron derogados o modificados algunos de los artículos que daban legalidad a cobros excesivos por servicios que quedan establecidos en la Ley Orgánica Municipal, como gratuitos o de bajo costo.
En el precepto se establece un catálogo y tabulación para expedir las licencias de funcionamiento, mismo que es ilegal ya que el código financiero “NO” establece costo alguno para la expedición de licencia de funcionamiento de algún comercio o que se requiera alguna donación o contribución, por lo que resulta ilegal dicho cobro.
Ante ello, y con base en la premisa del combate a la corrupción, se propuso y se determinó en el pleno; la necesidad de anularlos por ser ilegales e improcedentes, además de lastimar la economía de los tecamaquenses, principalmente de los comercios de bajo impacto.
Asimismo, los artículos 68, 69 y 75 se derogan también, por hacer referencia al pago de licencias de uso de suelo con base en un tabulador que ahí mismo se establece, lo que resulta ilegal, debido a que en el código financiero no se determina cuotas diferentes para los distintos usos de suelo.
También fue votado por mayoría, la derogación del artículo 94, párrafo 2º, el cual establecía el cobro indebido por verificaciones realizadas por Protección Civil. Dicho pago no se encuentra sustentado ni en la ley de ingresos, ni en el código financiero como pago de derechos.
Respecto al Artículo 117 bis, fue modificado debido a que en la ley Orgánica Municipal, el monto de las infracciones administrativas no debe exceder de 50 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), mientras que en el Bando Municipal 2018 se establecían hasta por 100 UMAS.
En tanto, el Artículo 129 párrafo 3º y 129 Quater, se eliminan (derogan), porque determinan costos ilegales en licencias de funcionamiento para las Unidades Económicas de Bajo Impacto, lo cual está prohibido por la ley Orgánica Municipal.
Finalmente, en el caso del artículo 130 párrafo 3º, se suprime porque las sanciones previstas en dicho artículo son superiores a los límites tasados en la ley en referencia.
Con estas medidas se inicia el combate a la corrupción y se busca promover la participación local de micros, pequeños y medianos empresarios, así como hacer más atractivo el establecimiento de nuevas empresas de renombre nacional e internacional a través de un corredor industrial dentro del territorio municipal.






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