Impresiones, Perspectivas y Pronósticos
de la Política Establece sanciones administrativas, civiles y penales a las autoridades de los tres órdenes de gobierno que propicien la ocupación irregular de áreas y predios en los centros de población
CIUDAD DE MÉXICO
El pleno del Senado de la República avaló la expedición de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, que busca regular el crecimiento de ciudades y municipios de forma ordenada.
El dictamen avalado con 82 votos a favor y una abstención, establece sanciones administrativas, civiles y penales a las autoridades de los tres órdenes de gobierno y/o particulares que propicien o permitan la ocupación irregular de áreas y predios en los centros de población.
Además, a quienes autoricen indebidamente el asentamiento humano en zonas de riesgo, en polígonos de protección o en derechos de vía de zonas federales. El documento fue turnado a la Cámara de Diputados.
Este nuevo ordenamiento garantiza el acceso a la vivienda, a la infraestructura y al equipamiento y servicios a partir de los derechos reconocidos en la Constitución Política y los tratados internacionales.
Francisco Búrquez Valenzuela, presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial, expuso en tribuna los principales objetivos de la ley.
Un modelo urbano que se adapte al ciudadano y no como hasta hoy que el ciudadano se tiene que adaptar al modelo urbano. Un modelo urbano cuyo centro sea la persona, que permita y reconozca la diversidad humana de nuestras ciudades".
Un modelo urbano que permita la evolución, la capacidad de adaptación y la flexibilidad para responder a las diversas necesidades, gustos y capacidades de las personas”, expuso el legislador.
El panista agregó que en la legislación se señala que las nuevas edificaciones deberán estar limitadas a no rebasar la capacidad de los servicios de agua potable, drenaje, electricidad y movilidad urbana.
Asimismo con el nuevo marco legal deberán solicitar un estudio de prevención de riesgos, que identifique que se realizaron las medidas de mitigación adecuadas.
Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización y se propone el uso compartido del automóvil y de la motocicleta, así como el desarrollo de nuevas tecnologías en materia de transporte.
asc
Nacional e Internacional
Directorio
Suscribirse a:
Enviar comentarios
(
Atom
)
No hay comentarios :
Publicar un comentario