Desde que se declaró un mínimo de votación para que los institutos políticos permanezcan en el escenario político, muchos son los que han hecho válida la frase de “debut y despedida”
El INE emitió hoy la declaratoria de pérdida de registro del PT y el Partido Humanista.
CIUDAD DE MÉXICO, 3 de septiembre.- En los últimos 18 años, más de una docena de partidos políticos han perdido su registro al no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación que establece la legislación.
A partir de la ciudadanización del organismo electoral en1997, el entonces Instituto Federal Electoral (IFE), con la fijación de un porcentaje mínimo de votación de 2.0 por ciento para mantener registro y prerrogativas, algunos partidos considerados “históricos”, tuvieron que desaparecer ante la baja votación registrada.
1988
Tal es el caso del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM), el cual tras décadas de existir y tener su más alto nivel de aceptación en 1988 al ofrecer la candidatura presidencial a Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, en procesos posteriores perdió el registro ante el IFE.
1997
En 1997 contendieron en la elección los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y Verde Ecologista de México.
También se presentaron en ese proceso el Partido Cardenista, el Popular Socialista y el Demócrata Mexicano, los cuales perdieron su registro legal y desaparecieron como tales.
2000
En los comicios presidenciales del año 2000, además de los partidos políticos hoy existentes, también participaron los partidos del Centro Democrático, con su candidato Manuel Camacho Solís; Auténtico de la Revolución Mexicana(PARM), con Porfirio Muñoz Ledo; y Democracia Social, con Gilberto Rincón Gallardo, los cuales perdieron el registro al no llegar al mínimo de sufragios.
2003
Para la elección intermedia de 2003, en el escenario político aparecieron organismos de nuevo registro como el Partido de la Sociedad Nacionalista (PSN), el Partido Alianza Social, México Posible, Partido Liberal Mexicano y Fuerza Ciudadana, los cuales tampoco alcanzaron el mínimo de votos para mantener su reconocimiento ante la autoridad electoral.
2006
En tanto, para la sucesión presidencial de 2006, además de los tradicionales, se presentaron dos nuevos institutos políticos: el Partido Nueva Alianza, que con su candidato presidencial Roberto Campa Cifrián, alcanzó a mantener el registro; y el Partido Alternativa Socialdemócrata yCampesina, que a pesar de haber postulado a una mujer,Patricia Mercado, como aspirante a titular del Ejecutivo federal, no alcanzó el 2 por ciento requerido para mantener el reconocimiento oficial.
2009
En los comicios de 2009, para la renovación del Legislativo, el único organismo de reciente creación que se presentó fue elPartido Socialdemócrata, el cual tuvo que desaparecer por los mismo motivos.
2015
En tanto, para los recientes comicios de 2015, con el IFE transformado en Instituto Nacional Electoral (INE) y con una ley en la materia que subió de 2 a 3 por ciento el umbral mínimo de votos para mantener el registro, se presentaron tres organizaciones de reciente creación.
Los partidos Humanista y Encuentro Social, así como elMovimiento de Regeneración Nacional (Morena) cumplieron con los trámites y se presentaron el pasado 7 de junio al escrutinio ciudadano para refrendar su registro.
De esos tres organismos de reciente registro, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó hoy lapérdida de registro del PT y del Humanista, luego de que no alcanzaron mínimo de la votación nacional.
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jueves, 3 de septiembre de 2015
Los partidos han perdido el registro PARM y PPS fueron históricos
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septiembre 03, 2015
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miércoles, 15 de julio de 2015
Partidos que perdieron registro recibirán 800 mil pesos mensuales hasta diciembre
Sin que tengan ninguna actividad programada, ya que se encuentran en proceso de liquidación, los partidos del Trabajo, Humanista y, el local Futuro Democrático, seguirán recibiendo hasta el próximo mes de diciembre, 842 mil 598pesos mensuales, por concepto de financiamiento permanente y específico. Lo que representará para el Instituto Electoral del Estado de México un gasto de 15 millones 166 mil 773 pesos, por los seis meses que restan del 2015.
Los partidos políticos tienen derecho a recibir prerrogativas todo el año, porque así les fueron asignadas, subrayó el presidente del IEEM, Pedro Zamudio Godínez, quien justificó la decisión debido a que "hay un dictamen de la SCJN o de la Sala Superior, en el sentido de que los recursos se seguirán entregando, porque están ministrados y etiquetados durante todo el año".
Sin embargo, y de acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo del 2014, en el artículo 94 señala a la letra que es causa de pérdida de registro:
No obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tratándose de partidos políticos nacionales, y de gobernador, diputados a las legislaturas locales y ayuntamientos, así como de jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, tratándose de un partido político local; ni obtener por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones federales ordinarias para diputados, senadores o presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Mientras que en el artículo 96 menciona que "al partido político que pierda su registro le será cancelado el mismo y perderá todos los derechos y prerrogativas que establece esta Ley o las leyes locales respectivas, según corresponda".
La cancelación o pérdida del registro extinguirá la personalidad jurídica del partido político, pero quienes hayan sido sus dirigentes y candidatos deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establece esta Ley, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.
En tanto que el artículo 97, relativo a la liquidación, menciona que tras designar el interventor, liquidar a trabajadores y pagar a proveedores, "quedasen bienes o recursos remanentes, los mismos serán adjudicados íntegramente a la Tesorería de la Federación tratándose de un partido político nacional, o a la tesorería de la entidad federativa correspondiente tratándose de un partido político local".
Pero una vez que dichas agrupaciones prácticamente perdieron su registro -con excepción del PT que remonta en la votación, por la anulación de casillas-, seguirán devengando las prerrogativas que les otorga el órgano electoral local.
Cuestionado sobre ello, Zamudio Godínez subrayó que "sí podrán ejercer -las prerrogativas-, ya que los partidos políticos tienen derechos y obligaciones laborales, fiscales y con proveedores; en tanto que el partido no termine su existencia moral, como entidad, tiene derecho a las prerrogativas y les serán administradas para que bajo el control de interventor, cumplan con todas las obligaciones, concluyó.(S)
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martes, 16 de junio de 2015
Inminente, para el PT y Humanista, la pérdida de registro
Los partidos Humanista y del Trabajo que perderían el registro al no alcanzar el 3 por ciento de los votos en la elección del pasado 7 de junio: el primero obtuvo 2.1 por ciento de la votación y el segundo 2.98 por ciento; esta decisión sólo podría revertirse producto de impugnaciones ante el TEPJF.
CIUDAD DE MÉXICO. El Instituto Nacional Electoral (INE) iniciará formalmente hoy el proceso de liquidación de los partidos Humanista y del Trabajo (PT) que perderían el registro al no alcanzar el 3 por ciento de los votos en la elección del pasado 7 de junio: el primero obtuvo 2.1 por ciento de la votación y el segundo 2.98 por ciento.
Esta decisión sólo podría revertirse producto de impugnaciones ante el TEPJF, si ambos partidos obtuvieran los votos suficientes para alcanzar el mínimo legal.
El Reglamento de Fiscalización del instituto precisa que cuando se determina la pérdida o cancelación de registro de un partido, la Comisión de Fiscalización deberá designar de forma inmediata a un interventor, quien será el responsable del patrimonio del partido político en liquidación y que deberá abrir, cuando menos, una cuenta bancaria a nombre del partido, seguido de las palabras “en proceso de liquidación”.
El responsable de finanzas del partido en liquidación deberá transferir la totalidad de los recursos disponibles a una sola cuenta y el interventor deberá realizar un inventario de los bienes del mismo para su venta, con la finalidad de cubrir las obligaciones que éste haya adquirido, en primer término con los trabajadores, obligaciones fiscales, las sanciones administrativas y, si sobra dinero, se pagará a proveedores y acreedores.
Benito Nacif, presidente de la Comisión de Fiscalización detalló que si al concluir el proceso de liquidación aún quedan recursos, estos se reintegrarán a la Tesorería de la Federación.
PT IMPUGNARÁ
Pedro Vázquez, representante del PT ante el Instituto Nacional Electoral, anunció que impugnarán ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la decisión de
quitarles el registro.
Ello porque, según sus datos, conforme avanzó el cómputo distrital, el Partido del Trabajo fue perdiendo votos, algo “ilógico” desde su punto de vista.
“Solamente a nuestro partido le sucedió esto. Con 89.19 por ciento del cómputo teníamos un millón 7 mil 105 votos, es decir, 2.82 por ciento; el cómputo avanza y nuestros votos bajan a 996 mil 462. A mayor captura menor cantidad de votos. Es totalmente extraño”, dijo.
Ricardo Espinoza, representante del Partido Humanista ante el INE aseguró que la inequidad en acceso a spots y recursos, pero también las diferencias al interior del partido, propiciaron la pérdida del registro.
“Es imposible tener estructura de partido cuando esto se empieza. Morena no es un nuevo partido, es un equipo que sacó registro, pero ellos ya estaban estructurados”, consideró.
CIUDAD DE MÉXICO. El Instituto Nacional Electoral (INE) iniciará formalmente hoy el proceso de liquidación de los partidos Humanista y del Trabajo (PT) que perderían el registro al no alcanzar el 3 por ciento de los votos en la elección del pasado 7 de junio: el primero obtuvo 2.1 por ciento de la votación y el segundo 2.98 por ciento.
Esta decisión sólo podría revertirse producto de impugnaciones ante el TEPJF, si ambos partidos obtuvieran los votos suficientes para alcanzar el mínimo legal.
El Reglamento de Fiscalización del instituto precisa que cuando se determina la pérdida o cancelación de registro de un partido, la Comisión de Fiscalización deberá designar de forma inmediata a un interventor, quien será el responsable del patrimonio del partido político en liquidación y que deberá abrir, cuando menos, una cuenta bancaria a nombre del partido, seguido de las palabras “en proceso de liquidación”.
El responsable de finanzas del partido en liquidación deberá transferir la totalidad de los recursos disponibles a una sola cuenta y el interventor deberá realizar un inventario de los bienes del mismo para su venta, con la finalidad de cubrir las obligaciones que éste haya adquirido, en primer término con los trabajadores, obligaciones fiscales, las sanciones administrativas y, si sobra dinero, se pagará a proveedores y acreedores.
Benito Nacif, presidente de la Comisión de Fiscalización detalló que si al concluir el proceso de liquidación aún quedan recursos, estos se reintegrarán a la Tesorería de la Federación.
PT IMPUGNARÁ
Pedro Vázquez, representante del PT ante el Instituto Nacional Electoral, anunció que impugnarán ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la decisión de
quitarles el registro.
Ello porque, según sus datos, conforme avanzó el cómputo distrital, el Partido del Trabajo fue perdiendo votos, algo “ilógico” desde su punto de vista.
“Solamente a nuestro partido le sucedió esto. Con 89.19 por ciento del cómputo teníamos un millón 7 mil 105 votos, es decir, 2.82 por ciento; el cómputo avanza y nuestros votos bajan a 996 mil 462. A mayor captura menor cantidad de votos. Es totalmente extraño”, dijo.
Ricardo Espinoza, representante del Partido Humanista ante el INE aseguró que la inequidad en acceso a spots y recursos, pero también las diferencias al interior del partido, propiciaron la pérdida del registro.
“Es imposible tener estructura de partido cuando esto se empieza. Morena no es un nuevo partido, es un equipo que sacó registro, pero ellos ya estaban estructurados”, consideró.
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lunes, 8 de junio de 2015
Falla registro de robo de menores; no hay datos oficiales
En nuestro país no hay datos claros sobre este fenómeno, debido a que, como tal, el Código Penal Federal no contempla esta figura
CIUDAD DE MÉXICO, 30 de abril.- Hasta enero de este año el gobierno federal tenía registro de seis mil 467 personas desaparecidas de entre cero y 19 años de edad, de las cuales no existen registros oficiales para establecer cuántos casos corresponden a “robo de menores”, por no existir esa clasificación en las estadísticas oficiales.
PGR reconoce que no hay una estadística clara con relación al robo de niños, debido a que no está clasificado como tal en los códigos penales.
La cifra corresponde al Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNDPED), que el gobierno federal comenzó a integrar en la presente administración.
Cada desaparición o ausencia está basada en una averiguación previa abierta en alguna de las 32 procuradurías estatales y en la PGR, para la integración de esa base de datos, en la que se tomó la referencia del año “2007 o anteriores” hasta el presente año.
De esta forma, en materia del fuero común se tienen seis mil 309 personas de entre cero a 19 años desaparecidos, hasta enero, y 158 casos del fuero federal.
MÁS VALE PREVENIR
• Asegúrese que su hijo aprenda su nombre completo y los de su madre y padre; su domicilio y números telefónicos.
• Nunca suelte a los pequeños de la mano, tampoco los pierda ni un instante de vista en lugares públicos.
• No los deje solos en el automóvil, aunque sea un momento breve.
• Enséñeles que si alguien desde un automóvil les pide información, nunca deben acercarse.
• Dígales que deben gritar si alguien quiere llevárselos: “esté hombre (o mujer) está tratando de llevarme, ayúdenme, no es mi papá (o mamá).
• Si sus hijos usan internet, vigile a qué sitios ingresan. Recomiende nunca compartir información que sirva para la localización o identificación fuera de internet.
Fuente: Alerta Amber México
Juan Martín Pérez García, director ejecutivo de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), acusó que las autoridades estatales y federales carecen de mecanismos para clasificar y registrar los casos de robo de menores.
Si queremos saberla debemos solicitarla a cada autoridad, incluso lo que hemos detectado es el ocultamiento de información, hemos rastreado y no hay ninguna procuraduría en el país que tenga en sus sitios de internet... los casos de niños reportados como extraviados, ausentes o desaparecidos”, explicó. Indicó que se debe tener clara la situación en la que un menor puede ausentarse de su núcleo familiar.
Existe la sustracción cuando un miembro de la pareja se apodera del menor e impide al otro verlo; la ausencia o extravío que es cuando por un descuido o de manera voluntaria el menor se aleja.
Y hay casos de robo, en donde una persona desapodera a los padres con un objetivo específico, que puede relacionarse con otras actividades ilícitas como adopción ilegal o la trata.
A la cifra de desaparecidos habrá que agregar los componentes de sustracción y robo, han generado con la multiplicidad que dan las redes sociales, tener una percepción incrementada de robo, desaparición y sustracción de niños y niñas”.
SIN FIGURA LEGAL
Nelly Montealegre, fiscal especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, reconoció que no hay una estadística clara en relación con este fenómeno, debido a que el robo de menores no está clasificado como tal en los códigos penales.
Explicó que la fiscalía a su cargo atendió en 2013 aproximadamente 250 casos, en 2014 fueron 137 y en lo que va del 2015 son 57 asuntos relacionados con “no localización” de menores.
El Código Penal Federal no contempla esta figura de robo de infante, por eso no podemos hablar a nivel federal de esta figura, existen otras normatividades como el tema del secuestro, desaparición forzada, que no tenemos casos de esa naturaleza, o el tráfico de niñas y niños, esas son figuras que sí existen en la legislación federal”, comentó.
Indicó que en los casos de la desaparición o ausencia de menores no se descarta la existencia de redes dedicadas al tráfico, trata y adopciones ilegales, pero al analizarse los casos en lo individual, hay más ausencias voluntarias.
Explicó que la cifra de menores desaparecidos se está depurando debido a que puede existir la duplicidad de registros; eso se debe a que los padres en ocasiones acuden con la autoridad local y federal para iniciar un reporte de no localización, y también registran el caso en el Centro de Atención a Personas Extraviadas y Ausentes de la Procuraduría capitalina.
CIUDAD DE MÉXICO, 30 de abril.- Hasta enero de este año el gobierno federal tenía registro de seis mil 467 personas desaparecidas de entre cero y 19 años de edad, de las cuales no existen registros oficiales para establecer cuántos casos corresponden a “robo de menores”, por no existir esa clasificación en las estadísticas oficiales.
PGR reconoce que no hay una estadística clara con relación al robo de niños, debido a que no está clasificado como tal en los códigos penales.
La cifra corresponde al Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNDPED), que el gobierno federal comenzó a integrar en la presente administración.
Cada desaparición o ausencia está basada en una averiguación previa abierta en alguna de las 32 procuradurías estatales y en la PGR, para la integración de esa base de datos, en la que se tomó la referencia del año “2007 o anteriores” hasta el presente año.
De esta forma, en materia del fuero común se tienen seis mil 309 personas de entre cero a 19 años desaparecidos, hasta enero, y 158 casos del fuero federal.
MÁS VALE PREVENIR
• Asegúrese que su hijo aprenda su nombre completo y los de su madre y padre; su domicilio y números telefónicos.
• Nunca suelte a los pequeños de la mano, tampoco los pierda ni un instante de vista en lugares públicos.
• No los deje solos en el automóvil, aunque sea un momento breve.
• Enséñeles que si alguien desde un automóvil les pide información, nunca deben acercarse.
• Dígales que deben gritar si alguien quiere llevárselos: “esté hombre (o mujer) está tratando de llevarme, ayúdenme, no es mi papá (o mamá).
• Si sus hijos usan internet, vigile a qué sitios ingresan. Recomiende nunca compartir información que sirva para la localización o identificación fuera de internet.
Fuente: Alerta Amber México
Juan Martín Pérez García, director ejecutivo de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), acusó que las autoridades estatales y federales carecen de mecanismos para clasificar y registrar los casos de robo de menores.
Si queremos saberla debemos solicitarla a cada autoridad, incluso lo que hemos detectado es el ocultamiento de información, hemos rastreado y no hay ninguna procuraduría en el país que tenga en sus sitios de internet... los casos de niños reportados como extraviados, ausentes o desaparecidos”, explicó. Indicó que se debe tener clara la situación en la que un menor puede ausentarse de su núcleo familiar.
Existe la sustracción cuando un miembro de la pareja se apodera del menor e impide al otro verlo; la ausencia o extravío que es cuando por un descuido o de manera voluntaria el menor se aleja.
Y hay casos de robo, en donde una persona desapodera a los padres con un objetivo específico, que puede relacionarse con otras actividades ilícitas como adopción ilegal o la trata.
A la cifra de desaparecidos habrá que agregar los componentes de sustracción y robo, han generado con la multiplicidad que dan las redes sociales, tener una percepción incrementada de robo, desaparición y sustracción de niños y niñas”.
SIN FIGURA LEGAL
Nelly Montealegre, fiscal especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, reconoció que no hay una estadística clara en relación con este fenómeno, debido a que el robo de menores no está clasificado como tal en los códigos penales.
Explicó que la fiscalía a su cargo atendió en 2013 aproximadamente 250 casos, en 2014 fueron 137 y en lo que va del 2015 son 57 asuntos relacionados con “no localización” de menores.
El Código Penal Federal no contempla esta figura de robo de infante, por eso no podemos hablar a nivel federal de esta figura, existen otras normatividades como el tema del secuestro, desaparición forzada, que no tenemos casos de esa naturaleza, o el tráfico de niñas y niños, esas son figuras que sí existen en la legislación federal”, comentó.
Indicó que en los casos de la desaparición o ausencia de menores no se descarta la existencia de redes dedicadas al tráfico, trata y adopciones ilegales, pero al analizarse los casos en lo individual, hay más ausencias voluntarias.
Explicó que la cifra de menores desaparecidos se está depurando debido a que puede existir la duplicidad de registros; eso se debe a que los padres en ocasiones acuden con la autoridad local y federal para iniciar un reporte de no localización, y también registran el caso en el Centro de Atención a Personas Extraviadas y Ausentes de la Procuraduría capitalina.
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Quitan registro a Jessica Salazar
Ordena la sala Regional Toluca del TEPJF la cancelación del registro de la candidata del Partido del Trabajo a presidenta municipal de Ecatepec
En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió un juicio de revisión constitucional electoral promovido por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, relacionada con la inelegibilidad de la candidata a presidenta municipal para el referido municipio.
Los integrantes del pleno razonaron que el tribunal responsable no valoró la totalidad de los elementos puestos a su consideración, ya que omitió el estudio de la información contenida en la página electrónica oficial de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
En tal sentido, determinaron revocar la referida sentencia y hacer el estudio de fondo del asunto con plenitud de jurisdicción, declarando fundado el agravio relativo a la inelegibilidad de la candidata por el referido instituto político, toda vez que no obstante de haber solicitado su licencia al cargo de diputada federal el 4 de marzo del presente año, continuó realizando las actividades propias de dicho cargo durante un periodo aproximado de 30 días posteriores, lo que resultó violatorio a lo dispuesto tanto en la Constitución local como en el Código Electoral Estatal y los principios de equidad e imparcialidad en la contienda.
En su intervención la magistrada ponente María Amparo Hernández Chong Cuy, refirió que la ciudadana no está en situación de elegibilidad por no separase materialmente del cargo de diputada federal ya que siguió participando en las sesiones del Congreso y que en atención a la jurisprudencia tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de la Sala Superior del TEPJF, se desprende que es exigible la separación oportuna del cargo.
Por su parte el magistrado Juan Carlos Silva Adaya manifestó que la cultura de la rendición de cuentas, la transparencia y la forma en que se valora esto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los tribunales colegiados, se están citando los precedentes en cuanto a que se trata de un hecho notorio.
Asimismo, cuestionó ¿qué efecto podría tener lo que se transparenta en esta cultura de la rendición de cuentas si no puede surtir o servir como mecanismo probatorio en este tipo de juicios? Es una cuestión muy común cómo los ciudadanos, las ciudadanas, los partidos políticos hacen uso del derecho de acceso a la información para proveerse de pruebas y a través de las mismas exhibirlas en el juicio.
Finalmente aclaró que lo relevante es que está acreditado finalmente que se estuvo votando en diversas determinaciones del Órgano Legislativo, y en ese sentido no se dio materialmente la separación del cargo, actualizándose el supuesto de inelegibilidad.
En consecuencia los magistrados revocaron el acuerdo impugnado y cancelaron el registro correspondiente.
En la sesión pública celebrada en esta fecha se resolvieron 23 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 5 juicios de revisión constitucional electoral 1 juicio electoral y 2 recursos de apelación.
En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió un juicio de revisión constitucional electoral promovido por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, relacionada con la inelegibilidad de la candidata a presidenta municipal para el referido municipio.
Los integrantes del pleno razonaron que el tribunal responsable no valoró la totalidad de los elementos puestos a su consideración, ya que omitió el estudio de la información contenida en la página electrónica oficial de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
En tal sentido, determinaron revocar la referida sentencia y hacer el estudio de fondo del asunto con plenitud de jurisdicción, declarando fundado el agravio relativo a la inelegibilidad de la candidata por el referido instituto político, toda vez que no obstante de haber solicitado su licencia al cargo de diputada federal el 4 de marzo del presente año, continuó realizando las actividades propias de dicho cargo durante un periodo aproximado de 30 días posteriores, lo que resultó violatorio a lo dispuesto tanto en la Constitución local como en el Código Electoral Estatal y los principios de equidad e imparcialidad en la contienda.
En su intervención la magistrada ponente María Amparo Hernández Chong Cuy, refirió que la ciudadana no está en situación de elegibilidad por no separase materialmente del cargo de diputada federal ya que siguió participando en las sesiones del Congreso y que en atención a la jurisprudencia tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de la Sala Superior del TEPJF, se desprende que es exigible la separación oportuna del cargo.
Por su parte el magistrado Juan Carlos Silva Adaya manifestó que la cultura de la rendición de cuentas, la transparencia y la forma en que se valora esto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los tribunales colegiados, se están citando los precedentes en cuanto a que se trata de un hecho notorio.
Asimismo, cuestionó ¿qué efecto podría tener lo que se transparenta en esta cultura de la rendición de cuentas si no puede surtir o servir como mecanismo probatorio en este tipo de juicios? Es una cuestión muy común cómo los ciudadanos, las ciudadanas, los partidos políticos hacen uso del derecho de acceso a la información para proveerse de pruebas y a través de las mismas exhibirlas en el juicio.
Finalmente aclaró que lo relevante es que está acreditado finalmente que se estuvo votando en diversas determinaciones del Órgano Legislativo, y en ese sentido no se dio materialmente la separación del cargo, actualizándose el supuesto de inelegibilidad.
En consecuencia los magistrados revocaron el acuerdo impugnado y cancelaron el registro correspondiente.
En la sesión pública celebrada en esta fecha se resolvieron 23 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 5 juicios de revisión constitucional electoral 1 juicio electoral y 2 recursos de apelación.
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martes, 16 de diciembre de 2014
Seguirán con su registro como partidos PRI, PAN y PRD
México.- Los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) conservarán su registro ya que cumplen con el mínimo de afiliados en más de 20 estados, equivalente a 0.26 por ciento del padrón electoral.
Las resoluciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación por el Instituto Nacional Electoral (INE) indican que éste determinó que el PRI acreditó cinco millones 44 mil 528 “Registros válidos”, por lo que cumple con el requisito para la conservación de su registro.
El INE concluyó que el PAN demostró 220 mil 568 registros válidos, mientras que el PRD obtuvo un total de dos millones 590 mil 972 registros.
Los documentos establecen en 219 mil 608 ciudadanos afiliados el mínimo requerido para que un partido político nacional conserve su registro.
Las resoluciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación por el Instituto Nacional Electoral (INE) indican que éste determinó que el PRI acreditó cinco millones 44 mil 528 “Registros válidos”, por lo que cumple con el requisito para la conservación de su registro.
El INE concluyó que el PAN demostró 220 mil 568 registros válidos, mientras que el PRD obtuvo un total de dos millones 590 mil 972 registros.
Los documentos establecen en 219 mil 608 ciudadanos afiliados el mínimo requerido para que un partido político nacional conserve su registro.
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