Deberás consultar si tienes alguna infracción vigente en los Centros de Servicios Administrativos o vía telefónica
Desde el 10 de julio pasado el Sistema Digital de
Infracciones del Estado de México se encuentra inhabilitado, según lo
reportado por la propia Secretaría de Seguridad estatal, razón por la que los
automovilistas que quieran consultar sus infracciones de tránsito debe
realizarlo directamente a través del número telefónico 800 900 3300.
Las infracciones de tránsito en la entidad también pueden
ser consultadas a través de los Módulos de Infracciones Transparentes, que
están ubicados en los Centros de Servicios Administrativos CSA, los cuales
tienen horarios de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
En estos módulos también es posible realizar el pago de
multas con cargo a tarjeta de crédito o débito, recoger su(s)documento(s)
retenido(s), imprimir el formato de pago de infracción y recibir asesoría en el
trámite.
Para poder consultar si se tiene una infracción vigente o
no, será necesario presentar el número de placa vehicular, la licencia de
conducir, el folio de la infracción o el nombre completo del infractor.
Recuperación de documentos retenidos
Luego de realizar el pago de la infracción correspondiente,
los infractores pueden recoger sus documentos retenidos en el Módulo de
Infracciones Transparentes ubicado en el Edificio CSA.
Para ello, deberán presentar una identificación oficial con
fotografía, la boleta de la infracción y el recibo de pago de la infracción.
Si la persona que realiza el trámite no es el infractor, es
necesario presentar una copia de la identificación del infractor.
Infracciones de más de 60 días naturales
¿Te infraccionaron hace más de 60 días?, si este es tu caso,
la documentación retenida fue remitida al Depósito Central, motivo por el que
una vez que hayas pagado la multa debes esperar entre 3 y 5 días hábiles,
período en el que los documentos retenidos son regresados al Módulo de
Infracciones Transparentes que le corresponda.
Descuentos por pago de infracción
Los infractores que realizan el pago de sus infracciones el
mismo día de haber recibido la multa se hacen acreedores a un descuento del
70%, pero si se paga al día siguiente sólo es aplicable un 50% de descuento, el
cual también es aplicable si la multa se paga dentro de los 14 días naturales
siguientes a la infracción.
Después de 16 días naturales posteriores a la infracción, el
infractor deberá pagar la totalidad de ésta, así como posibles multas y recargos.
Costos de las infracciones
Los costos de la infracción dependen del acto por el que se
es infraccionado. A continuación, te presentamos las más comunes.
Con base en el tabulador vigente en la entidad, si
una persona no porta su licencia o permiso de conducir, o su tarjeta de
circulación, la multa será de 20 UMAS, es decir, 2 mil 074.80 pesos. Este monto
también es aplicado por estacionarse en lugares prohibidos, por no contar con
póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, así como por transitar en
vías primarias en las que exista restricción expresa.
La infracción de 20 UMAS también será para los
transportistas que permitan el ascenso o descenso de pasajeros sobre el arroyo
de la vialidad, así como para los automovilistas que se ‘salten’ la luz roja o
naranja de un semáforo, o bien cuando así lo indique el agente de tránsito.
El pago de 20 UMAS más la retención del vehículo será
aplicable cuando el conductor maneje en estado de ebriedad, cuando se conduzca
un auto sin holograma de verificación vehicular vigente o por circular cuando
por restricción de carácter ambiental no le corresponda.
La multa de 10 a 15 UMAS, es decir, mil 037.40 a mil 556.10
pesos, será aplicada cuando no se respete el señalamiento y los límites de
velocidad.
El pago de 518.70 pesos, equivalente a 5 UMAS, será
aplicable por estacionarse en aceras, camellones, andadores y otras vías
reservadas a los peatones, por no hacer alto para ceder el paso a los peatones
que se encuentren en el arroyo de los cruceros o zonas marcadas para su paso,
así como a quienes tiren basura u objetos desde el interior de vehículos.
Este monto también será aplicado a quienes no notifiquen el
cambio de propietario a partir de la fecha en que sea transferido y por
circular los vehículos con placas de otra entidad que se encuentren vencidas.
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