Zoé Robledo, director general del IMSS, calificó el hecho como “un triunfo sin precedentes en México”.
La Cámara de Diputados aprobó cambios a la ley del IMSS para que las personas
trabajadoras del hogar cuenten con seguridad social y que sean afiliadas en
igualdad de condiciones que el resto de las y los trabajadores.
Zoé Robledo, director general del IMSS, calificó el hecho
como “un triunfo sin precedentes en México” y recalcó que “con esta
reforma se reconoce el trabajo del hogar y se dignifica una actividad
productiva que había estado siempre poco valorada”.
Alrededor de 2.3 millones de mujeres y hombres en
México identificadas como personas trabajadoras del hogar se beneficiarán
con esta reforma.
Robledo indicó que la reforma aprobada por la Cámara de
Diputados establece un plazo de seis meses para flexibilizar el trámite de
afiliación. Éste podrá efectuarse de manera presencial en las 133
subdelegaciones o en la página del IMSS, donde se encuentra un micrositio con
preguntas frecuentes, tutoriales, calculadora de cuotas y acceso directo al
trámite.
Beneficios
Al estar afiliadas al IMSS, las personas trabajadoras del
hogar pueden acceder a:
Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención
obstétrica.
Incapacidades.
Pensión por invalidez y vida.
Fondo para el retiro.
Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran
velatorios y guarderías.
Derechos de las personas trabajadoras del hogar
La mayoría de las personas trabajadoras del hogar desconocen
sus derechos laborales. Estos son:
Solicitar al patrón tu inscripción ante el IMSS
Recibir un trato digno, respetuoso y amable;
A un descanso semanal de un día y medio como mínimo, salvo
acuerdo entre las partes.
Contar con condiciones de trabajo que aseguren tu vida y
salud
Si la persona habita en el hogar donde presta sus servicios
tiene derecho a
A que la retribución comprenda, además del pago en efectivo,
los alimentos y habitación.
Contar con una habitación cómoda e higiénica para dormir,
así como una alimentación sana y suficiente;
A tener 9 horas de descanso nocturno, así como un descanso
diario de 3 horas entre el horario matutino y vespertino
¿A qué personas se les considera trabajadoras (es) del
hogar?
A las personas que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás
propios o inherentes al hogar de una persona o familia, pueden trabajar para
uno o varios patrones y vivir o no en su lugar de trabajo.
¿Cómo afiliarse al IMSS?
Es obligación del patrón afiliar a su trabajador ante el
IMSS. Esto lo puede realizar mediante dos formas:
Por Internet, en la página del IMSS.www.imss.gob.mx en la sección en
accesos directos ingresar en “Personas trabajadoras
del hogar”
En la Subdelegación que le corresponda de acuerdo a su domicilio.
En la siguiente liga se encuentra el directorio de las 133 subdelegaciones a
nivel nacional:http://www.imss.gob.mx/directorio
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