Quienes este año deben presentar dicha declaración de
impuestos correspondiente al 2021, son aquellos que tienen actividades
empresariales; quienes desempeñan servicios profesionales, de arrendamiento,
intereses y dividendos, en plataformas tecnológicas y adquisición y enajenación
de bienes.
A esta lista se le suman todas aquellas personas que
realizan actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, enajenación
de acciones en bolsa de valores y premios.
En el caso de las personas físicas que registraron ingresos
por parte de dos o más empleadores también están obligadas, así como aquellos
que además de obtener ingresos por salarios, tienen ingresos por intereses
nominales superiores a 20 mil pesos, indica el portal del Servicio de
Administración Tributaria (SAT).
Procedimiento
Para poder realizar el trámite es indispensable que el
contribuyente cuente con su firma electrónica (e.firma) o contraseña para
acceder al portal www.sat.gob.mx,
en el apartado “declaraciones”.
Una vez ingresados en el portal, será indispensable contar
con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cuál deberá ser capturado
junto con la contraseña del usuario y un captcha.
A continuación, se descargará la información precargada del
contribuyente, misma que deberá ser verificada para evitar cualquier error; si
la información es correcta se continúa con el trámite, en caso contrario será
necesario solicitar una actualización de datos al SAT.
La información precargada es la que los retenedores de pagos
provisionales proporcionaron al SAT, así como las facturas emitidas a nombre
del contribuyente; es aquí donde el contribuyente puede verificar la cantidad
de patrones que tuvo, información que debe ser confirmada o modificada según
sea el caso.
Cuando el sistema dé el acceso, se debe elegir la opción
“presentar declaración” y acto seguido, el declarante debe seleccionar el tipo
de declaración a realizar y el periodo a declarar.
Es importante que el contribuyente verifique el tipo de
ingresos a declarar para no cometer errores (actividades empresariales,
honorarios, entre otros), mismos que serán marcados con una “palomita”.
Ingresos y deducciones
Una vez realizado lo anterior, será el turno de verificar
los ingresos y deducciones; las facturas que puedan ser deducibles serán
señaladas por el portal.
Tras lo anterior, será posible detectar la “determinación”
de la declaración, es decir, un resumen de lo declarado por el contribuyente.
En esta etapa el sistema mostrará los ingresos acumulables,
la base gravable, las deducciones personales, el ISR retenido, los pagos
provisionales y el saldo a favor; este último puede ser solicitado como
devolución o compensación. Si se solicita la devolución, el fisco está obligado
a cumplir en un lapso de 45 días a través de una transferencia bancaria.
Se debe verificar la información declarada (ingresos y
egresos) sea correcta para seleccionar la opción “enviar”. Para finalizar, el
documento que contiene la declaración puede ser guardado, descargado con
formato de PDF o imprimirse.
De acuerdo con el Contador Público, Mario Pérez Aviña, el
trámite es sencillo, sin embargo puede llegar a ser engorroso para las personas
que no están familiarizadas con el mismo.
“En la actualidad el SAT proporciona asesorías vía chat o
por llamada telefónica para que los contribuyentes realicen su declaración en
tiempo y forma, además de que existen muchos tutoriales en internet que te
ayudan a esclarecer dudas y a llevarte de la mano en el trámite”, destacó
Pérez Aviña.
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